Poder Judicial ordenó: ”Congreso debe suspender la elección del Defensor del Pueblo”
— Redacción Diario El Pueblo —

El Tercer Juzgado Constitucional de Lima ordenó este lunes al Congreso de la República suspender de manera provisional el procedimiento para elegir al nuevo Defensor del Pueblo hasta que culmine la acción de amparo que interpuso el sindicato de trabajadores de la institución.

Según este sindicato, el actual proceso de selección iniciado en el Congreso para elegir al funcionario está vulnerando los principios de transparencia, meritocracia y el derecho de participación en la vida política del país. Sin embargo, los congresistas siguieron adelante con el proceso pese a los alegatos judiciales.

«Tercer Juzgado Constitucional de Lima ordena al presidente e integrantes de la nueva Comisión Especial encargada de seleccionar a candidatos a Defensor del Pueblo, suspender de manera provisional el procedimiento de elección hasta que culmine el proceso de amparo», se lee en la cuenta en Twitter del Poder Judicial.

La Comisión Especial de Elección del Defensor del Pueblo había definido el pasado viernes a los tres candidatos finales para presidir esta institución. La terna iba a ser remitida este lunes a la presidenta del Parlamento, Lady Camones, para que se realice la votación respectiva en el pleno.

La terna quedó definida con Carlos Castro en primer lugar, Jorge Rioja en segundo y Beatriz Ramírez en tercero.

Según establece la ley orgánica de la Defensoría del Pueblo, si ninguno de los tres candidatos propuestos alcanza los 87 votos en el pleno del Congreso, la comisión deberá proceder a formular «sucesivas propuestas» en los siguientes diez días naturales hasta que se alcancen los dos tercios del número legal de congresistas a favor de alguna candidatura.

CRITICA

La Defensoría del Pueblo calificó de «preocupante» la capacidad de propuesta y compromiso del ratificado primer ministro, Aníbal Torres. Esto tras conocerse que siguiera en el cargo, pese a que había anunciado su salida de la PCM.

«A juicio institucional, dadas las altas funciones de supervisión y coordinación que le corresponde desarrollar en el marco del artículo 123 de la Constitución, resulta preocupante la capacidad de propuesta y compromiso que pueda ejercer un funcionario, portavoz del Gobierno que había anunciado al país su decisión de apartarse del Poder Ejecutivo», se lee en el comunicado de la institución. La Defensoría del Pueblo

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