MPA hizo más de 70 contrataciones indebidas durante la pandemia
Por: José Colque

Al menos 72 servidores fueron contratados por la Municipalidad Provincial de Arequipa (MPA) durante la pandemia sin justificación por necesidad indispensable en base al Decreto de Urgencia 034-2021, según un informe de Acción de Oficio Posterior de la Contraloría General de la República. De ellos, cuatro ni siquiera fueron requeridos por las áreas usuarias a través de informes.

EN LA ANTERIOR GESTIÓN DEL MUNICIPIO PROVINCIAL

La normativa implicaba que, desde mayo del 2021 por la pandemia, las entidades del Estado debían contratar personal bajo el régimen laboral CAS, priorizando la necesidad de continuar brindando servicios a la población.

En ese entonces había 68 requerimientos de personal para diferentes áreas de la MPA. Se debía reevaluar estas contrataciones, pero la comuna provincial no lo hizo. Tampoco se adjuntaron los informes sustentatorios de las áreas usuarias, requisitos mínimos, descripción del servicio y competencias que debía reunir el postulante.

“No realizaron una justificación de la necesidad transitoria enmarcada en que los servicios resultaban ser indispensables para la población, promover la reactivación económica del país y/o a mitigar los efectos adversos de la COVID-19. Adicionalmente, de la información remitida no obra el informe de la Subgerencia de Recursos Humanos ni de la Subgerencia de Presupuesto, conforme lo exigía el referido Decreto de Urgencia n.° 034-2021”, detallan en el informe.

Incluso, en cuatro casos no hubo requerimiento legal de las subgerencias. De esta manera, la anterior gestión contrató a un asistente administrativo contable para la Subgerencia de Contabilidad, un especialista legal en Gerencia Municipal, un especialista en producción audiovisual para la Subgerencia de Relaciones Públicas y Prensa, y un orientador de plataforma para la Subgerencia de Desarrollo Económico Local.

Tras conocerse dichas contrataciones indebidas en pandemia, la entidad fiscalizadora recomendó al alcalde provincial Víctor Hugo Rivera valorar los indicios de irregularidad identificados en el informe de Acción de Oficio Posterior. Luego deberá comunicar al Órgano de Control Institucional de la MPA que decisiones adoptará. Todo ello debe ser en un plazo de veinte días hábiles.

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