PNP ya no necesitará de Fiscalía para intervenir a ciudadanos

El 21 de diciembre, el Ejecutivo emitió el Decreto Legislativo (D.Leg.) N° 1605 con la finalidad de fortalecer las operaciones de la Policía y la Fiscalía de la Nación. Este decreto, que introduce modificaciones al Nuevo Código Procesal Penal, no ha recibido mucha atención por coincidir con las festividades navideñas y de fin de año. Expertos advierten que este cambio podría representar un atentado contra las competencias propias del Ministerio Público.

Como se sabe, el último 20 de setiembre de este año, el Congreso de la República otorgó facultades legislativas al Ejecutivo para que este pueda tomar medidas efectivas que permitan aminorar la crisis de seguridad ciudadana que se vive en el Perú. Sin embargo, y como ya se ha reportado ampliamente con anterioridad, muchos de ellos rozan la línea de la inconstitucionalidad e incluso criminalizan derechos básicos.

En este caso, el D. Leg. N°1605 permite, bajo la consigna de “optimizar el marco legal que regula la investigación”, que la Policía Nacional “en función de investigación, pueda realizar actos de investigación por propia iniciativa bajo la conducción jurídica del Fiscal”. Según el decreto, esta orden se daría “en respeto del ámbito funcional de cada uno de ellos”; sin embargo, en acciones directas, esta disposición trae consigo una serie de afectaciones al derecho del debido proceso.

Si bien la norma plantea una colaboración más coordinada, existen detalles como el del artículo N° 67 del D.Leg, en el que se precisa que “la Policía Nacional, inclusive por propia iniciativa, debe “tomar conocimiento de los delitos y comunicar inmediatamente al Fiscal; debiendo realizar las diligencias de investigación urgentes o inaplazables que formarán parte de las diligencias preliminares”.

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