JEE concluye que Roberto Sánchez faltó a la neutralidad electoral
Roberto Sánchez, vulneró principio de neutralidad.
El Jurado Electoral Especial de Lima Este 1 concluyó que el congresista Roberto Sánchez, candidato presidencial por Juntos por el Perú, habría vulnerado el principio de neutralidad electoral en el contexto de las Elecciones Generales 2026. Según el informe de fiscalización emitido en diciembre de 2025, dos trabajadores del despacho parlamentario participaron en actividades proselitistas, en horario laboral, fuera del penal de Barbadillo.
“En el marco de las Elecciones Generales 2026, lo detectado en el exterior de las instalaciones del Establecimiento Penitenciario Barbadillo ubicado en el distrito de Ate, habría infringido el principio de neutralidad en periodo electoral, conforme los fundamentos expuestos en el capítulo análisis del presente informe», se lee en el documento.
El documento del JEE sostiene que Gian Marco Castillo Gómez y Ernesto Zunini Yerren, empleados del despacho de Sánchez, utilizaron tiempo y recursos públicos para promover la candidatura presidencial de su superior. Para la autoridad electoral, estos comportamientos constituyen una infracción grave, pues contravienen el marco normativo referente a la imparcialidad de los funcionarios durante la campaña, con posibles consecuencias administrativas y penales.
Tras la emisión del reportaje, Sánchez negó cualquier uso indebido de recursos del Estado y aseguró que los trabajadores contaban con licencia sin goce de haber durante la fecha señalada. En declaraciones a Canal N, el parlamentario calificó el acto como ejercicio de derechos individuales, respaldado por la normativa y por registros oficiales del Congreso.
El análisis jurídico presentado por el coordinador de Fiscalización del Jurado Electoral Especial de Lima Este 1, Carlos Rodríguez Laveriano, a la presidenta del JEE, Patricia Nakano, se basa en la observancia de la Constitución, la Ley Orgánica de Elecciones y el Reglamento sobre Propaganda Electoral y Neutralidad.
El informe detalla que los hechos detectados —la presencia de dos trabajadores remunerados por el Congreso participando activamente en actos proselitistas vinculados a Juntos por el Perú en el penal de Barbadillo— suponen uso indebido de recursos públicos y transgresión al principio de neutralidad exigido a autoridades y funcionarios durante el proceso electoral.
Dos empleados del despacho de Roberto Sánchez participaron en actividades proselitistas fuera del penal de Barbadillo durante horario laboral.
La fiscalización corroboró estas actividades mediante videos, registros de asistencia y consultas al portal de transparencia del Congreso, evidenciando la condición laboral de Gian Marco Castillo como coordinador y Ernesto Zunini como técnico en el despacho del congresista. El JEE remarcó que destinar personal estatal, en horario laboral, a funciones partidarias constituye no solo una falta electoral, sino un posible delito de peculado de uso, según el artículo 387 del Código Penal.
El informe establece que la infracción se agrava por la triple condición de Sánchez: congresista, apoderado partidario y candidato presidencial, lo que incrementa la obligación de actuar con total imparcialidad.
