Arequipa. Más de 2 400 procesos disciplinarios contra policías en 2025
Entrega las faltas más comunes está faltar al trabajo.
Redacción Diario El Pueblo
Cuando alguien hace mal su trabajo, corresponde que sea investigado y sancionado según las normas administrativas de su respectivo ámbito. En el caso de la Policía Nacional del Perú, en honor a la verdad, se dio a conocer que 2 466 procesos administrativos se abrieron en contra de policías en nuestra región.
El general PNP Olger Benavides Ponce de León informó que el total de procesos se divide en dos: infracciones graves y muy graves, con 1 731 y 735 casos ingresados a la Inspectoría en Arequipa, respectivamente.
Del universo de infracciones graves, 965 casos fueron resueltos y quedan 766 pendientes.
Las infracciones más comunes son la G-24: faltar de 2 a 5 días consecutivos a su unidad o no presentarse por igual plazo al término de sus vacaciones, permisos, comisiones o licencias, sin causa justificada; la G-26: incumplir directivas, reglamentos, guías de procedimientos y protocolos regulados por la normatividad, causando grave perjuicio a los bienes jurídicos contemplados en la presente ley; la G-38: fracasar en el cumplimiento de la misión o incumplir la responsabilidad funcional asignada por desidia, imprevisión o carencia de iniciativa; y la G-53: realizar o participar en actividades que dañen la autoridad del policía o la imagen institucional.
Todas son sancionadas con entre 2 y 15 días de sanción de rigor.
Entretanto, del total de infracciones muy graves, se dividen en procesos ordinarios y sumarios, con 696 y 39 casos, respectivamente, de los cuales 242 están pendientes.
Entre las muy graves figuran la MG-39: faltar por más de 5 días calendario consecutivos a su unidad sin causa justificada; la MG-94: conducir un vehículo motorizado con presencia de alcohol en la sangre mayor a 0.5 g/l o bajo los efectos de drogas tóxicas; la MG-26: rehusar o demorar injustificadamente el cumplimiento de normas, procedimientos y directivas; y la MG-89: maltratar física o psicológicamente a los miembros del grupo familiar cuando se requiera entre 1 y 10 días de asistencia facultativa o hasta 10 días de descanso médico.
Estas faltas son sancionadas desde seis meses de disponibilidad hasta el pase a la situación de retiro.
