ONPE: partidos deben rendir cuentas por más de S/ 7 millones

Supervisión alcanzará a 10 agrupaciones con representación parlamentaria que recibieron recursos del erario nacional.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) fijó el 15 de enero de 2026 como la fecha límite para que diez partidos políticos presenten la rendición de cuentas del financiamiento público directo (FPD) correspondiente al segundo semestre del ejercicio anual 2025.

La obligación alcanza a un total de S/ 7,798,001.64 que el Estado asignó a estas organizaciones políticas en función de su representación parlamentaria.

La ONPE precisó que el cumplimiento de este proceso resulta obligatorio y forma parte del sistema de control que regula el uso de recursos públicos entregados a los partidos políticos.

La entidad recordó que los fondos se depositaron de manera mensual en las cuentas bancarias de cada organización, luego de que estas cumplieran con los requisitos establecidos en el artículo 12 del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios (RFSFP).

Los partidos que accedieron al financiamiento público directo durante el periodo señalado fueron Perú Libre, con S/ 1,075,639.61; Fuerza Popular, con S/ 957,530.59; Renovación Popular, con S/ 843,268.72; Acción Popular, con S/ 825,571.60; Alianza para el Progreso, con S/ 741,414.23; Avanza País – Partido de Integración Social, con S/ 741,130.77; Juntos por el Perú, con S/ 687,321.48; Partido Democrático Somos Perú, con S/ 661,153.18; Podemos Perú, con S/ 644,211.68; y el Partido Morado, con S/ 620,759.78.

La ONPE explicó que la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios (GSFP) asumirá la verificación y el control del uso de estos recursos, en cumplimiento de la Ley de Organizaciones Políticas (LOP) y sus modificatorias.

Esta unidad técnica revisará la información financiera presentada por cada partido y evaluará si las organizaciones cumplieron con las obligaciones previstas en la normativa vigente.

Una vez culminada la etapa de verificación y control, la GSFP se pronunciará sobre el nivel de cumplimiento del marco legal y reglamentario.

Además, determinará si corresponde iniciar un procedimiento administrativo sancionador en aquellos casos en los que detecte observaciones relevantes.

Para el financiamiento público directo, la gerencia emitirá un informe al cierre de cada ejercicio anual.

La ONPE recordó que la subvención se otorgó en aplicación del artículo 29 de la LOP, que establece que los partidos con representación en el Congreso de la República acceden al financiamiento público directo.

El monto asignado se calcula al multiplicar el total de votos válidos obtenidos para elegir congresistas por el 0.1% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).

De acuerdo con la ley, los partidos deben destinar hasta el 50% del FPD a gastos de funcionamiento ordinario, adquisición de inmuebles, mobiliario y otros bienes necesarios para sus actividades, así como a la contratación de personal y servicios, incluidos los de asesoría y patrocinio legal.

La norma dispone que, en caso de sentencia condenatoria consentida o ejecutoriada, la organización política debe devolver el dinero utilizado para ese fin.

El otro 50% del financiamiento debe orientarse a actividades de formación, capacitación, investigación y difusión, bajo criterios de igualdad, paridad y no discriminación.

Estas acciones pueden vincularse a procesos electorales e incluir encuestas, desarrollo de herramientas digitales, procesamiento de datos y la implementación de canales institucionales de comunicación.

La ONPE advirtió que el uso indebido de estos recursos acarrea sanciones severas.

“El FPD no debe utilizarse con fines de lucro, ni con fines distintos a lo establecido en la LOP. Su incumplimiento constituye una infracción muy grave cuya sanción es de una multa no menor de treinta y uno (31) ni mayor de cien (100) UIT y la pérdida del FPD”, recordó la entidad electoral.

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