PJ declara infundado pedido de Humala para suspender ejecución de condena
Ollanta Humala, expresidente del Perú.
El Poder Judicial declaró infundado el pedido presentado por el expresidente Ollanta Humala para suspender la ejecución provisional de la condena de 15 años de prisión que se le impuso por el delito de lavado de activos agravado, vinculado a los aportes irregulares en sus campañas presidenciales de 2006 y 2011.
La decisión fue adoptada por la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional, que rechazó los argumentos de la defensa del exmandatario, los cuales señalaban que la ejecución inmediata de la pena —dispuesta tras el adelanto de fallo— vulneraba principios constitucionales al no contar, en ese momento, con una sentencia completamente motivada.
El colegiado sostuvo que la ejecución provisional de una pena privativa de libertad está contemplada en el Código Procesal Penal, por lo que no constituye una medida arbitraria, sino la aplicación de una norma vigente. Asimismo, precisó que el análisis sobre una eventual afectación constitucional excede los alcances del recurso presentado, por lo que no corresponde evaluarlo en esta instancia.
Respecto al peligro de fuga, uno de los puntos centrales del pedido de la defensa, la sala concluyó que no existen elementos nuevos que permitan considerar que dicho riesgo haya disminuido. Por el contrario, indicó que se mantienen vigentes los factores que sustentaron la decisión inicial, como la gravedad del delito, la alta pena impuesta y la falta de un arraigo suficientemente sólido.
En esa línea, el tribunal remarcó que la severidad de la sanción continúa siendo un elemento determinante en la evaluación del riesgo procesal. También advirtió que no se ha acreditado una consolidación del arraigo familiar, laboral o institucional que permita neutralizar dicho riesgo.
Cabe recordar que, según el Ministerio Público del Perú, el caso involucra presuntos aportes ilícitos provenientes de fondos de origen irregular, tanto del extranjero como de empresas vinculadas a actos de corrupción, cuya procedencia habría sido encubierta mediante aportaciones simuladas.
Con esta resolución, el Poder Judicial ratifica la ejecución provisional de la condena mientras el proceso continúa en las instancias correspondientes.
