Sanciones de hasta 270 mil soles por discriminación salarial entre hombres y mujeres
Todas las empresas que operan en la región Arequipa, tienen la obligación de contar con su Cuadro de Categorías y Funciones (CCF), así como directivas de política salarial que rijan su institución, ello en el marco de la Ley N° 30709, que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres.
Esta se produce cuando se establecen diferencias salariales o remunerativas basadas en el sexo de la persona y sin criterios objetivos. Incurrir en ello, es considerado por una falta muy grave, que puede conllevar a multas mínimas desde los S/ 1118 para micro y pequeñas empresas (cuando se afecta a 1 trabajador) y, entre los S/ 13 544 y S/ 270 529 para grandes empresas.
La información fue hecha durante la jornada de capacitación: “Estructura salarial y procedimiento arbitrario”, realizado por la Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo el último fin de semana. La actividad, reunió a más de 100 empleadores y emprendedores que fueron capacitados por expertos en diversos temas relacionados a política salarial y laboral.
En ese contexto, Juan Andrés Dueñas, inspector auxiliar de la Intendencia Regional Arequipa de Sunafil, explicó que la institución empezará a enviar cartas inductivas a más de 24 mil empresas de la región Arequipa (Mypes y no Mypes) en los próximos días, con el fin de dar cumplimiento a la ley en mención, implementada en el 2018 y de esta manera evitar la discriminación salarial.
“Se iniciará con una campaña preventiva donde se solicitará a todas las empresas que remitan sus cuadros de categorías y funciones, así como los documentos que establezcan la política salarial de la institución. No contar con estos, supone una infracción muy grave. La ley señala, que se debe establecer una misma remuneración por un trabajo de igual valor”, remarcó.
Cabe señalar que el CCF es un mecanismo mediante el cual el empleador evalúa y organiza los puestos de trabajo de acuerdo a criterios objetivos y a la necesidad de su actividad económica. Esta se aplica a los trabajadores y empleadores del régimen privado. En tanto, la política salarial, es un conjunto de criterios y directrices establecidos por el empleador para la gestión, fijación o reajuste de los diferentes esquemas de remuneración de los trabajadores.
En ese sentido, la gerenta regional de trabajo, Catherine Rodríguez Torreblanca incidió en que “como toda norma, la Ley N° 30709 establece excepciones, pero estas deben fundarse en causas objetivas, es decir para un mismo trabajo puede haber diferencia de sueldos en base a criterios como antigüedad, estudios, etc.”, por lo que hizo un llamado a los empleadores a ponerse en regla y cumplir con la ley en mención que data de hace 6 años y es de estricto cumplimiento.
La jornada de capacitación, contó además con la participación de la especialista en control interno, Noelia Soto Tejada, quien disertó, poniendo ejemplos y casos prácticos sobre la elaboración de una política salarial dentro de una empresa. También estuvo presente, la abogada Ingrid Castro Apaza de la Gerencia Regional de Trabajo, quien abordó el tema de “procedimiento de despido”.
Rodríguez Torreblanca explicó que la Gerencia de Trabajo continuará con jornadas de capacitación dirigidas tanto al empleador como a los trabajadores con el fin de brindar todas las herramientas necesarias para que desempeñen sus funciones de manera correcta y dentro de la ley, sin temor a las fiscalizaciones y con el único objetivo de priorizar el empleo decente en la región.