Pensión de Fujimori sube en agosto a 16 300 soles
El expresidente Alberto Fujimori, condenado por delitos de lesa humanidad y corrupción, comenzó a recibir en julio una pensión vitalicia aprobada por el Congreso de la República. Según información oficial del portal de Transparencia del Congreso, el exmandatario cobró en ese mes un total de S/10 920, cantidad que refleja un descuento de S/436 correspondiente a EsSalud y otro recorte debido a que solo se le pagaron 20 días. Para agosto, el escenario cambia, ya que percibirá el monto total de S/16 300. La medida generó controversia debido a la existencia de leyes que teóricamente impiden que el padre de Keiko Fujimori con acusaciones constitucionales puedan recibir este tipo de beneficios.
El 31 de julio fue emitida la primera boleta de pago de la pensión vitalicia de Alberto Fujimori y en dicho documento, se le designa como “expresidente constitucional”.
Junto con la pensión vitalicia, se le asignó un auxiliar al expresidente. La contratación de Óscar Paredes Estrada, con un salario de S/3 685, se formalizó para asistir al exdictador en sus actividades. Este personal, cuyo sueldo proviene de fondos públicos del Congreso, fue designado bajo el amparo de la Ley N° 26519, que otorga ciertos beneficios a los expresidentes del Perú. Sin embargo, esta ley también establece que los exmandatarios con acusaciones constitucionales no pueden acceder a los beneficios, a menos que una sentencia judicial los exonere, lo cual no ha sucedido en el caso de Fujimori.
Además de la pensión y el asistente personal, el padre de Keiko recibe vales de combustible para su transporte privado. En total, 30 vales de cinco galones de gasolina se le entregan mensualmente, lo que equivale a 150 galones pagados por el Estado.
La Ley N° 26519, que regula las pensiones y beneficios de los expresidentes en el Perú, se promulgó con la intención de garantizar una pensión vitalicia a los exjefes de Estado una vez concluidos sus mandatos. Sin embargo, esta misma ley incluye una excepción que excluye de los beneficios a aquellos exmandatarios que enfrentan acusaciones constitucionales, a menos que una sentencia judicial los exonere.