Gobierno fomenta diálogo en ámbito laboral
Por: Cinthia Grace Baquerizo – Abogada laboralista
Durante el Gobierno de Fujimori el país fue antisindicalista. Se permitió el despido pagado (indemnización) y se fomentó la contratación temporal, que dejó sin protección ni estabilidad a los trabajadores, reduciéndolos a objetos reemplazables. Ello trajo consecuencias negativas para el ejercicio de los derechos comprendidos en la libertad sindical (sindicalización, negociación colectiva y huelga). A eso súmenle, como lo señala el profesor Alfredo Villavicencio, que se impusieron obstáculos para el surgimiento y la actuación de sindicatos. A estos cambios normativos, expertos laboralistas (Ermida Uriarte y otros) lo calificaron de “flexibilización salvaje”.
Durante la dictadura, no solo se cerró el Congreso y se atacaron otras instituciones democráticas, sino que se buscó eliminar a los sindicatos. Para entender la gravedad del asunto, recordemos que en el año 90 la tasa de afiliación sindical ascendía a 21.9%, en el 92 (año de la flexibilización) alcanzaba el 16.3%, al terminar la dictadura los sindicatos sobrevivientes apenas alcanzaban el 2.7%. Hasta la fecha, la tasa de afiliación no se ha podido recuperar y apenas llegó a su cifra más alta el 2015 (6%), el 2021 bordeó el 5.2%. (Cifras: MTPE, Fernando Cuadros).
El Gobierno busca revertir esta situación con los cambios al Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, Decreto Supremo N° 011-92-TR. Por ejemplo, ha sido común la práctica antisindical de despedir a los trabajadores que se afiliaban a los sindicatos, de despedir a juntas directivas completas, dejarlos con la menor cantidad de afiliados para luego pedir la cancelación del registro sindical y eliminar cualquier vestigio de organización sindical. Frente a esta realidad, se ha establecido un importante cambio en el Decreto Supremo N° 014-2022-TR, artículo 23-A, estableciéndose que la disolución de un sindicato por perdida del número mínimo de afiliados solo puede ser declarada una vez que se haya verificado que las razones que motivaron la disminución de miembros del sindicato por debajo del mínimo legal, no responden a la comisión de actos antisindicales. ¿Qué empresario se podría oponer a ese cambio?
Como era de esperarse, la nueva normativa ha desatado una vez más una respuesta furibunda de los voceros empresariales. Contrario a lo que vociferan, lo cierto es que el Gobierno está fortaleciendo el diálogo social en el ámbito laboral, empoderando a los sindicatos, interlocutores de los trabajadores, para que exista diálogo entre trabajadores y empresarios no solo en el Consejo Nacional de Trabajo, sino en las empresas donde también se discute sobre derechos y condiciones laborales.