Acabemos con el hostigamiento sexual
Por: Luis Luján Cárdenas
Hace más de un mes, un congresista dopó y violó a una trabajadora en el mismo Parlamento. Hasta el momento, sigue libre y continúa desempeñando sus funciones legislativas. Para colmo del abuso, despidió a la víctima.
Esta es una clara muestra del nivel de criminalidad por hostigamiento sexual, desprecio por la mujer, impunidad y debilidad del Estado que ha alcanzado el país. Nada más lamentable y vergonzoso.
De acuerdo con la encuesta global de Datum Equidad de género, acoso sexual y violencia a nivel mundial, efectuada en marzo del 2018, en 11 países se detectó que el 41% de mujeres reportó haber sido víctima de acoso; y de 27 países en el mundo, el Perú ocupó tristemente el primer lugar.
Entre el 2008 y 2015, el servicio de defensa y asesoría legal a trabajadores/as del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo reportó 1,398 consultas sobre hostigamiento sexual en el ámbito laboral, efectuadas por las/los trabajadoras/es a escala nacional. Se calcula que estas solo representan el 50% de los casos. Y lo peor: la pandemia no ha disminuido los casos.
La violencia sexual se ha normalizado hasta límites de crearse una cultura con patrones socioculturales totalmente discriminatorios, con una relación de género profundamente machista, tanto en el ámbito público como en el privado. Además, el nivel de tolerancia de la sociedad a la violencia y desigualdad de género es sumamente preocupante.
La encuesta de Datum revela el común del pensamiento peruano: el 55.7% de los encuestados cree que “el amor y la paciencia de la mujer tarde o temprano hará que su esposo o pareja deje de ser violento”. El 43.9% opina que “a ?n de evitar discusiones en el hogar la mujer debe ceder”. El 45.4% considera que “desde muy niñas las mujeres deben aprender a ser pacientes, comprensivas y complacer a sus esposos o parejas en todo”. Y el 43.8% cree que “una mujer que se viste provocativamente está buscando que la acosen sexualmente”.
La Política Nacional de Igualdad de Género (Decreto Supremo N° 008-2019-Mimp) no funciona. Este statu quo afecta a la mujer vulnerando sus derechos más elementales: a una vida libre de violencia, a la salud sexual y reproductiva, al acceso y participación en espacios de toma de decisión y a sus derechos económicos y sociales.
Es necesario señalar las consecuencias del hostigamiento sexual laboral en las víctimas, según el manual Prevención y atención del hostigamiento sexual laboral en las entidades públicas, de la Escuela Nacional de Administración Pública: baja autoestima, descenso de la motivación, cambios a nivel relacional, menor rendimiento laboral y mayor accidentalidad, enfermedades y/o malestar físico, modificación en el comportamiento, prejuicio en la situación laboral, pérdida de la confianza y repercusiones en la salud mental. ¿Hasta cuándo?