Propaganda electoral indebida podría costar hasta S/ 550 mil
Las organizaciones políticas y los candidatos que incumplan las normas sobre propaganda electoral durante las Elecciones Generales 2026 enfrentarán sanciones económicas severas que pueden alcanzar hasta S/ 550 000, según establece el reglamento emitido por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
El organismo electoral fijó un rango de multas que va desde 1 hasta 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), dependiendo de la gravedad de la infracción. Las faltas consideradas muy graves —como la difusión de propaganda en instituciones públicas, cuarteles, colegios, iglesias o centros de salud— serán sancionadas con entre 30 y 100 UIT, equivalentes a montos que oscilan entre S/ 165 000 y S/ 550 000.
En el caso de las infracciones graves, las multas van de 1 a 5 UIT (entre S/ 5500 y S/ 27 500). Este tipo de faltas incluye acciones como difundir mensajes sonoros fuera del horario permitido, utilizar temas religiosos en discursos de campaña, colocar carteles sin autorización o dañar material publicitario de otros postulantes.
La normativa del JNE también precisa qué actividades sí están permitidas durante el proceso electoral. Los partidos pueden colocar carteles en sus locales partidarios y usar altoparlantes únicamente entre las 08:00 y 20:00 horas. Además, se permite la difusión de propaganda a través de redes sociales, prensa escrita, portales web y cines. La instalación de carteles en predios privados requiere autorización del propietario, mientras que en espacios públicos se necesita el permiso de la autoridad local correspondiente.
En radio y televisión, la propaganda solo puede transmitirse mediante la franja electoral administrada por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), con el fin de garantizar igualdad de condiciones y evitar contrataciones directas fuera del mecanismo oficial.
El procedimiento sancionador se inicia de oficio cuando los fiscalizadores detectan una presunta infracción. Posteriormente, el Jurado Electoral Especial evalúa el caso y emite una resolución en primera instancia. En caso de apelación, el pleno del JNE adopta una decisión definitiva.
Finalmente, el reglamento advierte que, si el responsable no retira la propaganda indebida, podrá imponerse una nueva multa de hasta 100 UIT y derivarse el caso al Ministerio Público. Con estas medidas, el sistema electoral busca garantizar campañas limpias, equitativas y respetuosas de las normas democráticas.
