El Tribunal Constitucional no puede someterse al poder político

Por Rocío Velazco C.


Helder Domínguez Haro, presidente del Tribunal Constitucional, defiende la independencia del máximo intérprete de la Constitución, aborda el retorno de la bicameralidad, los límites del Congreso y la controversia por el caso Vladimir Cerrón.

HELDER DOMÍNGUEZ HARO, PRESIDENTE DEL TC:

El retorno del Congreso bicameral, la proximidad de un nuevo escenario político y las recientes controversias que han involucrado al Tribunal Constitucional (TC) colocan a esta institución ante uno de sus mayores desafíos: preservar su independencia y garantizar que ningún poder del Estado actúe al margen de la Constitución.

El presidente del TC, Helder Domínguez Haro, sostiene que la democracia constitucional exige límites para todos y advierte que una mayoría parlamentaria no puede interpretar su poder como ilimitado. Para el magistrado, el nuevo Senado y la Cámara de Diputados deberán asumir sus funciones con pleno conocimiento del marco constitucional.

“En democracia, la mayoría también tiene límites”, afirma Domínguez Haro. Explica que el TC no está llamado a intervenir en la política ni a sustituir a los poderes públicos, sino a garantizar que sus decisiones y actuaciones se mantengan dentro de la Constitución.

La bicameralidad, según reconoce, abrirá una nueva etapa institucional en la que podrían surgir controversias sobre las competencias del Senado, la Cámara de Diputados y el Ejecutivo. Ante eventuales conflictos, el Tribunal deberá actuar dentro de sus atribuciones y resolver con independencia.

El magistrado también considera fundamental que los parlamentarios conozcan las reglas constitucionales. “Una buena legislación comienza con el respeto de la Constitución desde el proceso de elaboración de la norma”, sostiene.

EL CASO CERRÓN

Uno de los asuntos que más controversia ha generado alrededor del TC es la sentencia relacionada con Vladimir Cerrón. Domínguez Haro reconoce que una decisión constitucional puede tener consecuencias políticas, pero sostiene que estas no pueden condicionar el razonamiento de los magistrados.

Precisa que el Tribunal no declaró inocente ni absolvió al dirigente político, sino que cuestionó determinadas resoluciones judiciales vinculadas con la prisión preventiva y dispuso que el órgano jurisdiccional correspondiente emita un nuevo pronunciamiento.

“Una sentencia constitucional no puede medirse por quién resulta beneficiado políticamente. Debe analizarse por sus fundamentos jurídicos”, señala.

Frente a quienes consideran que determinadas decisiones del TC favorecen a sectores políticos, responde que la institución protege derechos constitucionales y no organizaciones partidarias.

Domínguez Haro también rechaza que las presiones políticas puedan determinar el contenido de las sentencias. “El magistrado debe tener la fortaleza y la responsabilidad de resolver incluso cuando su decisión pueda resultar incómoda para el poder político”, afirma.

CONTROVERSIAS

El actual titular de la institución asegura que su gestión está orientada a recuperar la gobernabilidad, fortalecer el trabajo colegiado y avanzar en una política de integridad.

Aclara que la unidad entre los magistrados no significa necesariamente que todos deban votar igual. Las discrepancias, sostiene, forman parte de un tribunal constitucional y deben expresarse mediante votos singulares o fundamentos jurídicos.

“La principal lección es que las instituciones necesitan diálogo, transparencia y respeto por sus reglas internas”, afirma.

INDEPENDENCIA FRENTE AL PODER

Domínguez Haro considera que la principal garantía de independencia del TC está en la Constitución, pero advierte que las normas por sí solas no son suficientes. La conducta de los magistrados resulta determinante.

“Si una norma vulnera la Constitución y llega al Tribunal mediante los mecanismos correspondientes, resolveremos conforme a derecho, aunque la decisión pueda resultar incómoda para el Congreso, el Ejecutivo o cualquier otro poder”, enfatiza.

Y establece una diferencia que considera fundamental: el TC no busca enfrentarse al poder político, pero tampoco puede someterse a él.

Uno de los retos inmediatos será reducir la carga procesal y mejorar los tiempos de atención. Domínguez Haro señala que su gestión trabaja en mecanismos de interoperabilidad, gestión interna y herramientas tecnológicas, aunque remarca que la rapidez no puede sacrificar la calidad de las resoluciones.

Arequipa: presentaron libro sobre la historia del TC

La historia de la justicia constitucional peruana tiene un capítulo fundamental en Arequipa. En esta ciudad funcionó el antiguo Tribunal de Garantías Constitucionales (TGC), antecedente del actual Tribunal Constitucional (TC), cuya trayectoria es reconstruida en el libro “Historia del Tribunal Constitucional”, presentado en la sede institucional de Yanahuara.

La publicación, de 350 páginas, fue presentada por el presidente del TC, Helder Domínguez Haro, junto con los magistrados Francisco Morales Saravia y César Ochoa Cardich, director general del Centro de Estudios Constitucionales.

La obra revisa la evolución del control constitucional en el país y explica los cambios que experimentó la institución desde la Constitución de 1979 hasta el actual modelo establecido por la Constitución de 1993.

Uno de los aspectos destacados es la diferencia entre ambos organismos. El TGC estuvo integrado por nueve miembros, mientras que el actual TC cuenta con siete magistrados, elegidos por el Congreso mediante un proceso de selección.

El libro está dividido en seis capítulos que abordan los antecedentes del control constitucional, la creación del TGC, el desarrollo del TC, el periodo autoritario de 1997-2000, la transición democrática y la evolución institucional hasta 2025.

Durante la presentación, los magistrados resaltaron que la publicación busca acercar esta historia a abogados, estudiantes y ciudadanos interesados en conocer cómo se consolidó la justicia constitucional peruana.

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