Mediante el Decreto Supremo N.° 118-2026-PCM, el Gobierno central declaró en estado de emergencia los distritos Ático, en la provincia Caravelí; Ilo (Moquegua) y Cairani (Tacna) tras los daños ocasionados por las precipitaciones y vientos asociados a la DANA ‘Aníbal’. La medida, con 60 días vñde vigencia, se oficializa una semana después de los huaicos que bloquearon la Panamericana Sur en Arequipa y dejaron a cientos de camiones y viajeros varados en diversos tramos de la vía. 

Los huaicos afectaron el tramo Ático-Ocoña desde el domingo 16 de agosto, con puntos críticos entre los kilómetros 709 y 782 de la carretera. La interrupción dejó vehículos varados y afectó el desplazamiento de residentes y pasajeros. En los días siguientes se registraron nuevos deslizamientos que impidieron restablecer completamente el tránsito, mientras equipos de Provías Nacional, el Gobierno Regional de Arequipa y municipios trabajaban en la limpieza de la vía.

Durante la última semana, Atico experimentó dificultades. El alcalde distrital, Julio Candia Ramos, informó que los aproximadamente 8 mil residentes enfrentaron restricciones de agua y alimentos debido al incremento de la demanda por las personas varadas. Aunque dicha situación atendida el viernes con un puente aéreo, el tránsito continúa parcialmente restringido. Además, aproximadamente 300 personas resultaron damnificadas por los huaicos. «Se han activado todas las quebradas. Familias de escasos recursos han perdido sus casas. Familias necesitan ayuda”, señaló. 

En esa línea, la declaratoria responde a los daños registrados y evidencia que la capacidad de respuesta de los gobiernos locales y regionales fue sobrepasada, por lo que se configuró el nivel de emergencia 4. La ejecución de las medidas estará a cargo del Gobierno Regional de Arequipa, con coordinación técnica y seguimiento del INDECI. La declaratoria también permitirá la participación de los ministerios de Salud, Educación, Vivienda, Transportes, Interior, Defensa, Energía y Minas y Desarrollo e Inclusión Social. Las entidades podrán ejecutar acciones vinculadas directamente con los daños ocasionados por las precipitaciones y modificar las intervenciones según los estudios técnicos que se realicen.

La norma contempla además la recepción de donaciones de bienes y servicios para atender la emergencia. Entre los bienes considerados figuran medicamentos, material médico, alimentos, ropa de abrigo, colchones, carpas, generadores, combustibles, materiales de construcción, plantas potabilizadoras, motobombas, maquinaria pesada y otros insumos necesarios. También podrán recibirse gratuitamente servicios médicos, transporte, alimentación y apoyo logístico.

Sin embargo, la declaratoria no contempla una transferencia extraordinaria de recursos del Tesoro Público. El decreto establece que las acciones serán financiadas con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas. La emergencia tendrá vigencia desde el 23 de agosto, por lo que las autoridades dispondrán de 60 días para ejecutar las medidas de respuesta y rehabilitación. 

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