Gestión de Cáceres adquirió plantas de oxígeno de manera irregular
Por: Roxana Ortiz A.
No muy pocas adquisiciones durante la pandemia de la COVID se hicieron de manera regular en la gestión del ex gobernador Elmer Cáceres Llica y una de ellas fue la adquisición de equipos para afrontar las necesidades de la población, como las plantas de oxígeno y los grupos electrógenos.
La Contraloría de la República detectó que Los funcionarios de la anterior gestión realizaron un proceso de adjudicación irregular para adquirir las plantas de oxígeno y grupo electrógeno para los hospitales de Cotahuasi y Chivay, debido a que los postores que participaron en el proceso no cumplían con los requisitos exigidos por norma.
En dicho proceso los dos postores que se habían presentado a la licitación, no cumplían con los requisitos exigidos en las bases integradas de procedimiento de selección y sin embargo los funcionarios a cargo los habilitaron para que pasen a la siguientes etapas de evaluación y calificación de ofertas, dando como resultado el otorgamiento de la buena pro al Consorcio Intermax, no obstante que este no cumplía con acreditar experiencia del postor en la especialidad.
En el proceso irregular están comprometidos por el accionar contrario a los deberes funcionales, de quien fuera el presidente, suplente, miembro suplente 1 y miembro titular 2, integrantes del comité de selección de la adjudicación simplificada, según la conclusión del informe de control específico 021-2022, suscrito por la abogada, Yulemi Valladares Díaz, Jefa del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional de Arequipa.
Este informe señala además que el GRA otorgó conformidad a los equipos sin que el contratista cumpliera con la entrega del total de los bienes requeridos ni acreditado el cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en las bases integradas de la adjudicación simplificada 060-2021-GRA, por lo que dichos incumplimientos no fueron advertidos por los servidores de la entidad regional, los que generó que no se haya cobrado la totalidad de la penalidad por mora, solo por 9 días cuando fueron muchos más, lo que permitió se pague al proveedor.
Los hechos descritos han generado que no se aplique la penalidad correspondiente equivalente a 212 mil 681 soles en perjuicio de la entidad, los que han sido ocasionados por el accionar contrario a los deberes funcionales del inspector y residente de obra, así como también por el encargado de la Unidad de Almacén de la entidad.