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	<title>JUDICIAL &#8211; Diario El Pueblo</title>
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	<title>JUDICIAL &#8211; Diario El Pueblo</title>
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		<title>Fiscalía respalda pedido de refundición de condena de Vladimiro Montesinos</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Rocio Velazco]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 26 Sep 2026 05:27:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[JUDICIAL]]></category>
		<category><![CDATA[NACIONAL]]></category>
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					<description><![CDATA[El Ministerio Público se mostró a favor de la solicitud presentada por Vladimiro Montesinos para]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">El Ministerio Público se mostró a favor de la solicitud presentada por <strong>Vladimiro Montesinos</strong> para que se considere cumplida su condena de 19 años y 8 meses de prisión por el caso Pativilca, al ser refundida con la pena de 25 años que recibió por el caso Barrios Altos y que cumplió en junio de este año.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La posición fue expresada durante una audiencia ante la Sala Superior Liquidadora. El fiscal adjunto superior Telmo Michel Morales sostuvo que, de acuerdo con el análisis realizado por el Ministerio Público, corresponde declarar fundada la solicitud presentada por la defensa del exasesor de Alberto Fujimori.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La condena por el caso Pativilca corresponde al asesinato de seis campesinos ocurrido en 1992, crimen atribuido al Grupo Colina. Montesinos fue condenado como autor mediato por los delitos de homicidio calificado y desaparición forzada.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La defensa busca que esta pena sea absorbida por la condena de 25 años impuesta por el caso Barrios Altos. De prosperar el pedido, se modificaría la situación penitenciaria de Montesinos respecto a la pena de Pativilca, aunque el exasesor todavía mantiene otras condenas pendientes.</p>



<h3 class="wp-block-heading">FISCALÍA CITA JURISPRUDENCIA</h3>



<p class="wp-block-paragraph">Para sustentar su posición, el representante del Ministerio Público invocó jurisprudencia reciente del Tribunal Constitucional relacionada con la refundición de penas. Entre los antecedentes mencionó el caso de Arturo Pino Díaz, exintegrante del Grupo Colina.</p>



<p class="wp-block-paragraph">También fue citado el caso de Juan Rivero Lazo, en el que el Tribunal Constitucional ordenó la refundición de condenas aplicando la Ley 10124, norma vigente al momento de los hechos de 1992 y que contemplaba la posibilidad de refundir penas en determinados casos de conexidad.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El abogado de Montesinos, Carlos Mariluz, utilizó estos precedentes para sustentar su pedido ante la Sala.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El procurador del Ministerio de Defensa, Raúl Zorrilla Cárdenas, también respaldó la solicitud durante la audiencia.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Sin embargo, la abogada de las víctimas, Gloria Cano, se opuso a la refundición y pidió que el pedido sea rechazado. Cuestionó que se considere satisfecho el derecho a la verdad y justicia de los afectados y sostuvo que Montesinos no habría cumplido las condiciones señaladas por el Ministerio Público.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La Sala Superior Liquidadora deberá resolver ahora si acepta o rechaza el pedido. Mientras tanto, Montesinos permanece recluido en la Base Naval del Callao y su defensa continúa buscando que otras condenas sean absorbidas mediante mecanismos de refundición.</p>
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		<title>Boluarte reaparece tras diez meses alejada de los actos públicos</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Rocio Velazco]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 24 Sep 2026 05:24:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[JUDICIAL]]></category>
		<category><![CDATA[NACIONAL]]></category>
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					<description><![CDATA[La expresidenta Dina Boluarte reapareció públicamente la noche del martes 22 de setiembre, después de]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">La expresidenta Dina Boluarte reapareció públicamente la noche del martes 22 de setiembre, después de permanecer durante más de diez meses alejada de actividades presenciales y de los medios de comunicación tras su salida de la Presidencia de la República.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Boluarte asistió como invitada a una ceremonia realizada en la Embajada de China en Lima con motivo del <strong>55.º aniversario del establecimiento de relaciones diplomáticas entre Perú y China</strong>. Durante el evento fue vista junto al presidente del Senado, Miguel Torres, y el ministro de Defensa, Rafael Belaunde.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La exmandataria participó en calidad de asistente y, al finalizar la actividad, fue abordada brevemente por periodistas. Consultada sobre su presencia, respondió: “Yo estoy feliz acá saludando al Gobierno chino por el 77 aniversario de la fundación de la República de China y por el 55 aniversario de relación bilateral con el Perú”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La aparición representa su retorno a una actividad pública presencial después de varios meses de bajo perfil. Su última aparición presencial conocida se produjo el 11 de octubre de 2025, un día después de dejar el cargo, cuando declaró ante los medios desde los exteriores de su vivienda en Surquillo. Posteriormente, participó de manera virtual en una audiencia judicial el 10 de noviembre de ese año.</p>



<h3 class="wp-block-heading">VACANCIA</h3>



<p class="wp-block-paragraph">Boluarte dejó la Presidencia el <strong>10 de octubre de 2025</strong>, luego de que el Congreso aprobara su vacancia por la causal de permanente incapacidad moral, conforme al artículo 113 de la Constitución. La resolución legislativa fue publicada ese mismo día en el diario oficial El Peruano.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El Pleno aprobó la vacancia con <strong>122 votos a favor</strong>. Las cuatro mociones que sustentaron la medida incluyeron cuestionamientos relacionados con la inseguridad ciudadana, presuntos actos de corrupción, abandono de funciones, viajes oficiales y otros asuntos vinculados a su gestión.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La salida de Boluarte puso fin a un gobierno iniciado el 7 de diciembre de 2022, tras la salida de Pedro Castillo. Ese mismo 10 de octubre, José Jerí Oré, entonces presidente del Congreso, asumió la Presidencia de la República conforme al mecanismo de sucesión constitucional.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Su reaparición en la sede diplomática china ocurre ahora en un contexto distinto al de su salida del poder y marca el retorno de la exmandataria a un acto público presencial, aunque su participación estuvo limitada a su condición de invitada y a breves declaraciones ante la prensa.</p>
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		<title>JNJ destituye al juez Richard Concepción Carhuancho</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Rocio Velazco]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 19 Sep 2026 05:21:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[JUDICIAL]]></category>
		<category><![CDATA[NACIONAL]]></category>
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					<description><![CDATA[La Junta Nacional de Justicia (JNJ) aprobó este viernes, por mayoría, la destitución de Richard]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">La Junta Nacional de Justicia (JNJ) aprobó este viernes, por mayoría, la destitución de Richard Concepción Carhuancho del cargo de juez de Investigación Preparatoria de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La decisión se sustenta en un proceso disciplinario relacionado con una presunta demora en el trámite de una apelación presentada por el abogado Mateo Castañeda, investigado en el caso denominado “Los Waykis en la Sombra”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La ponencia estuvo a cargo de la presidenta de la JNJ, María Teresa Cabrera Vega. Votaron a favor de la destitución Cayo Galindo, Rafael Ruiz Hidalgo y Germán Serkovic. El magistrado Jaime de la Puente Parodi votó en contra.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El procedimiento disciplinario se inició luego de que el Tribunal Constitucional declarara fundada una demanda de habeas corpus presentada por Castañeda contra actuaciones atribuidas al juez Concepción Carhuancho.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En su resolución, el Tribunal Constitucional cuestionó la demora en la notificación de la orden de prisión preventiva dictada contra Castañeda, así como el tiempo empleado para tramitar el recurso de apelación presentado por el abogado para que la medida fuera revisada por una instancia superior.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Además, el máximo intérprete de la Constitución dispuso que los hechos fueran comunicados a la Junta Nacional de Justicia, a fin de que esta institución evaluara las responsabilidades correspondientes dentro de sus competencias.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El caso también está vinculado a la decisión del Tribunal Constitucional que ordenó la separación de Concepción Carhuancho del proceso “Los Waykis en la Sombra”, tras declarar fundada la demanda de habeas corpus.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Con la decisión adoptada por la JNJ, el magistrado deja el cargo que ejercía en la Corte Superior Nacional. La medida corresponde al ámbito disciplinario y se fundamenta en los hechos y actuaciones judiciales examinados durante el procedimiento.</p>
]]></content:encoded>
					
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		<item>
		<title>JNJ dispone cese de Zoraida Ávalos como fiscal suprema por límite de edad</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Rocio Velazco]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 17 Sep 2026 05:26:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[JUDICIAL]]></category>
		<category><![CDATA[LOCAL]]></category>
		<category><![CDATA[NACIONAL]]></category>
		<category><![CDATA[POLÍTICA]]></category>
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					<description><![CDATA[La Junta Nacional de Justicia (JNJ) dispuso el cese de Zoraida Ávalos como fiscal suprema]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">La Junta Nacional de Justicia (JNJ) dispuso el <strong>cese de Zoraida Ávalos como fiscal suprema titular</strong> por límite de edad. La medida tiene vigencia desde el <strong>14 de junio de 2026</strong>, fecha en la que la magistrada cumplió 70 años, y contempla además la cancelación oficial de su título.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La decisión fue adoptada luego de que la JNJ evaluara la situación de Ávalos y determinara que correspondía aplicar las disposiciones específicas de la <strong>Ley de la Carrera Fiscal</strong>. El organismo consideró que las normas generales aplicables a servidores públicos no resultan aplicables a los magistrados en materia de cese por límite de edad, debido a que esta situación está regulada expresamente por el artículo 106 de la Ley 30483.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Con este pronunciamiento, la JNJ también declaró <strong>improcedente</strong> la resolución emitida el pasado 8 de junio por el fiscal de la Nación, <strong>Tomás Gálvez</strong>, mediante la cual se había declarado fundada una solicitud para ampliar la permanencia de Ávalos en el Ministerio Público hasta el <strong>31 de diciembre de 2026</strong>.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La solicitud de Ávalos buscaba acogerse a los alcances de la <strong>Ley 32199</strong>, bajo el argumento de que dicha norma permitía prolongar su permanencia hasta el cierre del año fiscal y presupuestal.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Sin embargo, al analizar el caso, la JNJ estableció que la regulación específica de la carrera fiscal prevalece para determinar el cese por límite de edad de los fiscales. En consecuencia, fijó el 14 de junio como fecha efectiva de conclusión de las funciones de Ávalos como fiscal suprema titular.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La resolución también dispone que el pronunciamiento sea <strong>notificado formalmente al fiscal de la Nación</strong>, para su conocimiento y para que se adopten las acciones administrativas correspondientes.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La salida de Ávalos se produce luego de su participación en la Junta de Fiscales Supremos que eligió a Tomás Gálvez como fiscal de la Nación para el periodo <strong>2026-2029</strong>. Gálvez señaló anteriormente que Ávalos fue una de las fiscales supremas que respaldó su elección.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El cese por límite de edad constituye una de las causales por las cuales la JNJ cancela los títulos de fiscales, junto con supuestos como renuncia, fallecimiento y destitución. La propia JNJ reportó que entre 2020 y 2025 canceló títulos por estas diferentes causales.</p>
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		<item>
		<title>Detectan perjuicio de S/32 mil en hospital Goyeneche por pagos de guardias</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Germán Yunior Yuca Choque]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 17 Sep 2026 05:20:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[JUDICIAL]]></category>
		<category><![CDATA[LOCAL]]></category>
		<category><![CDATA[SALUD]]></category>
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					<description><![CDATA[Las guardias hospitalarias cuya prestación efectiva no pudo ser acreditada ocasionaron un perjuicio económico de]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">Las guardias hospitalarias cuya prestación efectiva no pudo ser acreditada ocasionaron un perjuicio económico de S/32 mil 714.54 en el Hospital III Goyeneche. La Contraloría detectó que 34 servidores vinculados con la programación, liquidación y pago de estos turnos no contaron con documentación suficiente para demostrar que las jornadas habían sido cumplidas antes de autorizarse los desembolsos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El Informe de Auditoría N.° 010-2026-2-0663-AC identificó deficiencias en los controles aplicados por el nosocomio para verificar la ejecución de las guardias. Los servidores formularon liquidaciones y autorizaron compromisos de pago sin acreditar la prestación efectiva del servicio, situación que, de acuerdo con el órgano de control de la Gerencia Regional de Salud, afectó el uso eficiente de los recursos públicos y ocasionó el perjuicio económico determinado.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La auditoría también encontró irregularidades en la programación de los turnos. El hospital asignó guardias en unidades orgánicas que no estaban comprendidas en el marco normativo aplicable y, en aquellas que sí estaban habilitadas, superó el límite ordinario de ocho guardias mensuales. En estos casos, no se presentó documentación que sustentara que los excesos tenían carácter extraordinario y temporal.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Ante estas deficiencias, la Contraloría recomendó implementar un control previo a la aprobación de los roles de guardias. Este mecanismo deberá verificar que la programación corresponda únicamente a unidades y servicios habilitados y que no se exceda el límite ordinario de ocho guardias mensuales. Cuando sea necesario superar ese número, deberá existir una justificación documentada que acredite su carácter extraordinario y temporal, además de la autorización de la instancia competente.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El control también deberá aplicarse antes de la liquidación y el pago. La Oficina de Personal tendrá que comprobar que cada guardia haya sido aprobada y efectivamente cumplida mediante las marcaciones biométricas, los registros de ingreso y salida y los reportes de asistencia y permanencia. También deberá verificarse la documentación administrativa que sustente cada pago.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La Contraloría identificó a 24 funcionarios y servidores comprendidos en los hechos observados y recomendó determinar las responsabilidades correspondientes. Además, planteó iniciar acciones civiles contra cinco de ellos. Entre estos figura Frida Felipa Damiani Álvarez, directora de la Oficina Ejecutiva de Administración entre el 19 de noviembre de 2024 y el 19 de agosto de 2025; y Luis Enrique Pérez Ayala, jefe de la Oficina de Personal entre el 25 de octubre de 2024 y el 7 de febrero de 2025. También está comprendido Raúl Esteban Fernández Suárez, quien ocupó la jefatura de la Oficina de Personal entre el 1 de enero y el 25 de octubre de 2024.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La relación incluye además a Edgar Emilio Zapana Pacheco, técnico Administrativo III de la Oficina de Personal entre julio y diciembre de 2024; y Mirla Paola Bernedo Ordóñez, directora de la Oficina Ejecutiva de Administración entre el 15 de marzo y el 18 de noviembre de 2024. La Contraloría recomendó que su Procuraduría Pública inicie acciones civiles contra estos cinco funcionarios y servidores por los hechos vinculados con el perjuicio económico. Asimismo, el órgano de control recomendó formalizar un procedimiento para regular la programación, aprobación, modificación y liquidación de las guardias, además de implementar el Archivo Institucional y reforzar la seguridad del sistema de asistencia.</p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>
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		<title>Funcionario de la municipalidad de Socabaya acumuló cinco cargos</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Rocio Velazco]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 13 Sep 2026 05:19:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[JUDICIAL]]></category>
		<category><![CDATA[LOCAL]]></category>
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					<description><![CDATA[El arquitecto inspeccionaba la obra de la plaza principal y, al mismo tiempo, dirigía cuatro]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">El arquitecto inspeccionaba la obra de la plaza principal y, al mismo tiempo, dirigía cuatro áreas municipales. La situación ya había sido observada, pero la comuna no acreditó medidas correctivas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La Contraloría General de la Republica advirtió que un funcionario de la Municipalidad Distrital de Socabaya cumplía cinco funciones simultáneamente, entre ellas la inspección de la obra de la plaza principal. Esta concentración de responsabilidades puso en riesgo el adecuado control técnico, económico y administrativo del proyecto.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El funcionario observado fue el arquitecto Claudio Francisco Flores Durand. Además de inspector de obra, se desempeñaba como gerente de Desarrollo Urbano y estaba encargado de otras tres subgerencias dentro de la municipalidad.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Las áreas bajo su responsabilidad fueron las subgerencias de Obras Públicas, Liquidaciones de Obras, así como Edificaciones Privadas y Gestión de Riesgos y Desastres. De esta manera, Flores Durand concentraba cinco funciones relacionadas con la ejecución, revisión y control de proyectos municipales.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La situación fue confirmada durante una inspección realizada el 21 de agosto. El hallazgo quedó registrado en el Informe de Hito de Control N.° 013-2026-OCI/1313-SCC, elaborado por el Órgano de Control Institucional de la Municipalidad de Socabaya.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para la Contraloría, una misma persona no debía intervenir en las diferentes etapas de una obra. La supervisión debía ser independiente y permanente para detectar oportunamente deficiencias, incumplimientos o decisiones que pudieran afectar los recursos públicos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El organismo de control ya había advertido el problema el 22 de junio. En ese momento, Flores Durand cumplía tres funciones: inspector de obra, gerente de Desarrollo Urbano y encargado de la Subgerencia de Obras Públicas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Pese a esa primera observación, la municipalidad no comunicó acciones para separar las responsabilidades. Por el contrario, una revisión posterior reveló que el funcionario también había asumido las subgerencias de Liquidaciones de Obras, así como Edificaciones Privadas y Gestión de Riesgos y Desastres.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La Gerencia Municipal sostuvo que una de las encargaturas respondió a la falta temporal de un titular. Sin embargo, la Contraloría señaló que mantener cinco funciones en una sola persona debilitaba la separación de responsabilidades necesaria para garantizar controles efectivos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La observación se produjo en la obra de mejoramiento de la plaza principal de Socabaya, contratada por S/ 3 millones 796 mil 655.55. El proyecto también había recibido advertencias anteriores por problemas presupuestales y por la ausencia de personal técnico durante las inspecciones.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El informe fue remitido al alcalde Juan Roberto Muñoz Pinto para que adoptara medidas preventivas y correctivas. La municipalidad debía informar cómo garantizaría una supervisión independiente y evitaría que un solo funcionario continuara controlando varias etapas de una misma obra pública.</p>
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		<title>Contraloría observa adquisición de equipos por casi S/7 millones para Honorio Delgado</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Germán Yunior Yuca Choque]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 30 Aug 2026 05:19:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[ESPECIALES]]></category>
		<category><![CDATA[JUDICIAL]]></category>
		<category><![CDATA[LOCAL]]></category>
		<category><![CDATA[PORTADA]]></category>
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					<description><![CDATA[A casi seis meses de lograr la priorización, el Gobierno Regional de Arequipa (GRA) no]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="has-electric-grass-gradient-background has-background wp-block-paragraph">A casi seis meses de lograr la priorización, el Gobierno Regional de Arequipa (GRA) no ha concretado la compra de los equipos destinados a la unidad prestadora de servicios (UPS) de Medicina Física y Rehabilitación para el Hospital Regional Honorio Delgado (HRHD). Ahora, la Contraloría observó el proceso de adquisición, que se realizará bajo la modalidad de Obras por Impuestos (OxI), por deficiencias técnicas, legales y financieras que deben ser atendidas antes de convocar el proceso de selección.</p>



<hr class="wp-block-separator has-text-color has-vivid-green-cyan-color has-alpha-channel-opacity has-vivid-green-cyan-background-color has-background"/>



<h3 class="wp-block-heading">BAJO LA MODALIDAD DE OxI</h3>



<p class="wp-block-paragraph">La adquisición fue priorizada por el Consejo Regional de Arequipa mediante el Acuerdo Regional N.° 155-2026, aprobado el 11 de junio. El Informe Previo N.° 058-2026-CG/GRAR, emitido por la Contraloría el 21 de agosto, advierte que el GRA debe corregir observaciones técnicas, legales y financieras antes de convocar el proceso. La IOARR tiene un costo actualizado de S/6 millones 951 mil 390 y contempla equipos médicos como ecógrafos, camillas de parto vertical, monitores fetales, equipos de telemedicina, sistemas de video colposcopia y un sistema de cirugía histeroscópica.&nbsp;</p>



<p class="wp-block-paragraph">Entre los principales cuestionamientos, la Contraloría advirtió que el GRA no acreditó las condiciones eléctricas y de telecomunicaciones necesarias para instalar los equipos. No se presentó un cuadro de cargas, pruebas de energía estabilizada, medición de la resistencia del sistema de puesta a tierra ni una fuente de energía de respaldo. Tampoco se verificó la disponibilidad de red de datos, cableado estructurado y puntos de conexión.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El órgano de control también cuestionó las especificaciones técnicas, debido a que no precisan aspectos como interoperabilidad, almacenamiento, filtros, autonomía de baterías y certificaciones. Además, el expediente no establece claramente las condiciones de garantía y mantenimiento. El hospital deberá asumir posteriormente estos costos, estimados en S/263 mil 530 anuales durante los años cuarto y quinto.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En el componente financiero, Contraloría detectó que el flujo de caja presentado por el GRA no coincide con el PIM 2026 del MEF. Por ejemplo, registra S/500.5 millones en Recursos Determinados, frente a los S/533.1 millones del presupuesto oficial. También considera S/0 para adquisición de activos no financieros, mientras el PIM contempla S/602.3 millones. A ello se suma una diferencia entre el costo actualizado de la IOARR y el detalle de costos viables, además de observaciones al cronograma, garantías y cláusulas del convenio.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Tras atender las observaciones del control previo, la Gerencia Regional de Promoción de la Inversión Privada (GRPIP) podrá continuar el procedimiento para convocar a empresas privadas interesadas en financiar la intervención. Sin embargo, aún deben cumplirse estas etapas y no existe certeza de que todo el procedimiento culmine durante 2026.&nbsp;</p>
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		<title>Contraloría detecta perjuicio de S/ 525 mil en obra del puesto de salud</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Rocio Velazco]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 30 Aug 2026 05:11:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[JUDICIAL]]></category>
		<category><![CDATA[MADRE DE DIOS]]></category>
		<category><![CDATA[REGIONAL]]></category>
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					<description><![CDATA[MADRE DE DIOS La Contraloría General de la República identificó un perjuicio económico de S/]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<h3 class="wp-block-heading">MADRE DE DIOS</h3>



<p class="wp-block-paragraph">La Contraloría General de la República identificó un perjuicio económico de <strong>S/ 525 mil 197.61</strong> en la obra de mejoramiento y ampliación del Puesto de Salud de Iñapari, en la provincia de Tahuamanu, región Madre de Dios. El proyecto, ejecutado por el Gobierno Regional, permanece paralizado y requiere de presupuesto para su reactivación.</p>



<p class="wp-block-paragraph">De acuerdo con el <strong>Informe de Auditoría de Cumplimiento N.° 10657-2026-CG/GRMD-AC</strong>, el perjuicio se originó principalmente por el pago de partidas que no habían sido ejecutadas o que presentaban una ejecución parcial, además de trabajos que no cumplían con las especificaciones establecidas en el expediente técnico. A ello se sumó la falta de aplicación de penalidades al supervisor de la obra.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La obra tiene un valor actualizado de <strong>S/ 20 millones 8 mil 738.78</strong> y fue concebida para mejorar la capacidad de atención del establecimiento de salud. Sin embargo, la paralización impide que el proyecto cumpla con la finalidad pública para la que fue concebido, afectando la prestación de servicios a la población de Iñapari.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La auditoría, que evaluó el periodo comprendido entre el 2 de febrero de 2022 y el 31 de diciembre de 2025, encontró que funcionarios del Gobierno Regional otorgaron conformidad y tramitaron el pago de <strong>siete valorizaciones</strong> que incluían partidas no ejecutadas o parcialmente ejecutadas. Estos documentos habían sido presentados por el contratista y contaban con la opinión favorable del supervisor.</p>



<p class="wp-block-paragraph">También se detectó que se pagaron íntegramente <strong>cinco valorizaciones correspondientes a la supervisión</strong>, pese a que contenían partidas con avances incompletos o inexistentes y no advertían la aplicación de las penalidades previstas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Según la Contraloría, estos hechos vulneraron disposiciones del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, normas del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, así como las condiciones establecidas en los contratos de ejecución y supervisión.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El organismo de control también advirtió que el Gobierno Regional carecía de normas internas para estandarizar el seguimiento y control de obras ejecutadas por contrata.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Finalmente, se estableció <strong>presunta responsabilidad civil en cuatro funcionarios públicos</strong>. La Contraloría recomendó iniciar las acciones civiles correspondientes y dispuso que el Gobierno Regional adopte ocho medidas destinadas a fortalecer sus mecanismos de control y mejorar el uso de los recursos públicos.</p>
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		<title>Estado recaudó S/ 380 millones por reparaciones civiles de casos Lava Jato</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Rocio Velazco]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 29 Aug 2026 05:22:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[JUDICIAL]]></category>
		<category><![CDATA[NACIONAL]]></category>
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					<description><![CDATA[El Estado peruano ha recaudado S/ 380 millones por concepto de reparaciones civiles derivadas de]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">El Estado peruano ha recaudado <strong>S/ 380 millones por concepto de reparaciones civiles</strong> derivadas de los casos Lava Jato, informó el procurador ad hoc para el caso Odebrecht y otros, Carlos Fernández Muñoz. La cifra corresponde a pagos efectuados hasta junio de 2026 y forma parte de las indemnizaciones establecidas en sentencias judiciales firmes.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Según la Procuraduría Pública Ad Hoc, existen <strong>33 sentencias condenatorias</strong> que establecen reparaciones civiles por más de <strong>S/ 1,542 millones</strong> a favor del Estado. Los procesos comprenden a seis empresas y 56 personas naturales involucradas en investigaciones relacionadas con diversos proyectos de infraestructura.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Entre las obras comprendidas figuran la <strong>Costa Verde Callao, la Línea 1 del Metro de Lima, los tramos 2, 3 y 4 de la Carretera Interoceánica Sur, la Vía de Evitamiento del Cusco, el Gasoducto Sur Peruano, las Redes Viales del Cusco y la Línea Amarilla</strong>.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Fernández explicó que una parte importante de los condenados corresponde a colaboradores eficaces que cumplen cronogramas de pago. En caso de incumplimiento, el Estado puede recurrir a garantías y fideicomisos establecidos para asegurar el cumplimiento de las obligaciones.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La Procuraduría proyecta recaudar alrededor de <strong>S/ 76 millones durante 2026</strong>, de los cuales S/ 60 millones corresponden a pagos programados entre julio y diciembre. De mantenerse los cronogramas previstos, la recaudación acumulada podría superar los <strong>S/ 652 millones al cierre de 2029</strong>.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para garantizar futuras reparaciones, la Procuraduría informó que ha solicitado embargos por más de <strong>S/ 3,000 millones</strong> en 189 procesos considerados de alta complejidad. Estas medidas tienen carácter preventivo y buscan asegurar el patrimonio de los procesados ante eventuales sentencias firmes.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Asimismo, 21 procesos se encuentran en etapa de control de acusación y podrían avanzar a juicio oral.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Fernández destacó que los casos actualmente en juzgamiento requieren un trabajo especializado debido a la combinación de aspectos jurídicos, financieros y técnicos relacionados con las obras investigadas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Desde su creación en 2017, la Procuraduría Ad Hoc ha destinado a su funcionamiento un monto equivalente al 16 % de lo recaudado hasta junio de 2026, dejando un saldo favorable de aproximadamente <strong>S/ 319 millones para el Estado</strong>.</p>
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		<title>Detectan perjuicio de S/ 348 mil por penalidades no cobradas en obra educativa</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Rocio Velazco]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 29 Aug 2026 05:16:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[JUDICIAL]]></category>
		<category><![CDATA[LOCAL]]></category>
		<category><![CDATA[PORTADA]]></category>
		<category><![CDATA[PROYECTOS]]></category>
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					<description><![CDATA[Escolares afectados por retraso de obra en colegio Pinto Talavera. La Contraloría General de la]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="has-electric-grass-gradient-background has-background wp-block-paragraph">Escolares afectados por retraso de obra en colegio Pinto Talavera. La Contraloría General de la República identificó un perjuicio económico de <strong>S/ 348 992</strong> en la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre, debido a la inaplicación de penalidades al contratista encargado de ejecutar las obras de rehabilitación de la Institución Educativa Pinto Talavera.</p>



<h3 class="wp-block-heading">EN EL DISTRITO DE ALTO SELVA ALEGRE</h3>



<p class="wp-block-paragraph">Según el <strong>Informe de Auditoría de Cumplimiento n.° 007-2026-2-4602-AC</strong>, correspondiente al periodo comprendido entre julio de 2020 y enero de 2026, la comisión auditora detectó que la municipalidad aprobó ampliaciones de plazo que no se encontraban debidamente justificadas, situación que terminó favoreciendo al contratista al reducir el periodo sobre el cual correspondía calcular las penalidades por mora.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La obra contemplaba la construcción, equipamiento y mantenimiento de la infraestructura de la IE Pinto Talavera. El expediente técnico fue aprobado el 29 de julio de 2020, con un presupuesto inicial de <strong>S/ 5 millones 582 mil 804</strong> y un plazo de ejecución de 240 días calendario.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Posteriormente, el proyecto fue adjudicado el 7 de mayo de 2021 por un monto contractual de <strong>S/ 6 millones 162 mil 888</strong>, bajo la modalidad de administración indirecta y el sistema de contratación a suma alzada. Los trabajos comenzaron el 25 de junio de ese año.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Durante la ejecución, se concedió al contratista un total de <strong>326 días adicionales</strong>. Sin embargo, la evaluación realizada por la Contraloría determinó que únicamente correspondía justificar legalmente <strong>287 días de ampliación</strong>.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La diferencia no fue el único problema advertido. El organismo de control también encontró que, al momento de aprobarse la liquidación de la obra, se tomaron en cuenta <strong>dos ampliaciones de plazo por un total de 77 días</strong>, pese a que estas habían sido declaradas improcedentes previamente por la propia municipalidad.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para la Contraloría, esta actuación permitió extender de manera indebida el plazo contractual y, como consecuencia, limitó la posibilidad de aplicar las penalidades correspondientes por los retrasos registrados en la ejecución de la obra.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El proyecto finalmente registró una inversión de <strong>S/ 8 millones 121 mil 515</strong>. Los trabajos culminaron el 6 de junio de 2024, mientras que la liquidación fue aprobada el 8 de mayo del mismo año, según la información consignada en el informe de control.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El documento también establece la existencia de <strong>presunta responsabilidad civil y administrativa</strong> en un exfuncionario de la gestión municipal correspondiente al periodo 2019-2022 y en tres funcionarios de la actual administración edil.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El caso vuelve a poner bajo observación la gestión de los contratos de obras públicas y, particularmente, el control de los plazos de ejecución. Las ampliaciones deben responder a causas debidamente sustentadas y no convertirse en mecanismos que terminen reduciendo las penalidades que corresponden por incumplimientos contractuales.</p>
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