Conociendo los servicios registrales: LA RESERVA DE NOMBRE
Por: Juan Oscar Rodríguez Martínez – Licenciado en Administración

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La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, en su enfoque de calidad en el servicio registral, prioriza siempre la atención oportuna de los trámites de inscripción y publicidad presentados por los ciudadanos, y en consecuencia adoptó medidas que aseguren esto, como, por ejemplo:

La adopción de nuevas tecnologías de la información y comunicación, que permitan la optimización y desarrollo de plataformas digitales, con el fin de que el ciudadano pueda realizar varios trámites en la entidad desde su oficina, casa.

La implementación de un mayor número de actos registrales y la atención de la publicidad registral mediante las plataformas digitales respectivas.

La digitalización progresiva del sistema registral que permitirá seguir adoptando las políticas de cero papel, con el fin de generar procedimientos y procesos de carácter eco amigable, según las últimas disposiciones del gobierno.

Con ello se busca lograr una entidad eficiente, comprometida con el medio ambiente, el desarrollo sostenible del país, y dentro de ese marco mencionaremos un servicio muy demandado por los emprendedores: La Reserva de Nombre.

Dicho servicio es un procedimiento que permite proteger por 30 días una razón social o denominación, mientras culminan los trámites correspondientes a efectos de constituir una empresa o modificar sus estatutos. Se debe señalar que el servicio de reserva de nombre no necesariamente es un requisito previo para la constitución de empresa, sin embargo, es muy recomendable solicitarla a la Sunarp, con el fin de simplificar la inscripción de una sociedad determinada ante el Registro de Personas Jurídicas.

Este servicio se puede solicitar de manera virtual de la siguiente manera:

En principio, el ciudadano deberá ingresar de manera totalmente gratuita al directorio nacional de Personas Jurídicas siendo este el enlace correspondiente https://www.sunarp.gob.pe/dn-personas-juridicas.asp; esto con el objetivo de que se puedan conocer los nombres que ya no estén disponibles, debido a que ya se encuentran debidamente registrados.

El siguiente paso es ingresar al Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL), y completar el formulario que sale por defecto del sistema, teniendo la posibilidad de rellenar hasta cinco opciones de nombres, con el objetivo de evitar posibles observaciones. Los ciudadanos para acceder al SPRL, podrán hacerlo desde la página web de la Sunarp (www.sunarp.gob.pe), o también desde la APP SUNARP, desde su celular o Tableta. Es importante señalar que se debe crear un usuario y abonar por el servicio utilizando una tarjeta de débito o crédito.

Luego abonar la tasa registral respectiva, que en el caso de este servicio es actualmente de 22 soles.

Es importante mencionar, que la reserva de nombre que haya sido tramitada mediante un centro de desarrollo empresarial autorizado por el ministerio de la producción, está exonerado de pago.

El otro modo para solicitar la reserva de nombre es de modo presencial.

Para ello el ciudadano realizará los siguientes pasos:

Apersonarse a cualquiera de las oficinas registrales disponibles y solicitar el formato de reserva de nombre junto al correspondiente formulario de ingreso de título.

Llenar debidamente los formularios, indicando las opciones de nombres que desea reservar.

Presentarlo en cualquiera de las cajas, abonando la tasa registral de 22 soles.

Podrá hacer seguimiento de dicho servicio mediante la plataforma “Síguelo”, donde el ciudadano tiene la posibilidad de consultar gratuitamente el estado y trámite del título de forma referencial.

Es importante utilizar los servicios registrales disponibles por la entidad con el fin de garantizar la seguridad jurídica de las transacciones que se realizan para evitar posibles fraudes o estafas.

DATOS A TENER EN CUENTA:

  • La reserva que se concede es por un plazo de 30 días naturales para el caso de las sociedades y 30 días hábiles para el caso de las asociaciones y EIRL, tiempo en el que deberá concluir su trámite con la Notaría para el otorgamiento de la escritura pública, así como su inscripción en los Registros Públicos.
  • No hay prórroga ni renovación de reserva de nombre, si vence su reserva, puede solicitarla nuevamente.
  • No es obligatorio tener denominación abreviada (siglas), se recomienda usarlo cuando es un nombre extenso.
  • La denominación abreviada debe estar compuesta por las primeras letras o sílabas de la denominación completa.
  • De pretenderse la reserva dentro de un proceso de constitución de persona jurídica, debe tenerse en cuenta que, si la persona jurídica a constituir es distinta a la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, los socios o asociados que la conformarán siempre serán igual o mayor a dos personas, y por tanto debe consignarse en la reserva de nombre los datos de identidad de ellos.
  • En forma referencial y de manera gratuita, puede realizar la búsqueda del nombre a través de nuestro Directorio Nacional de Personas Jurídicas: https://www.sunarp.gob.pe/dn-personas-juridicas.asp haciendo uso de nuestro app SUNARP PROTEGE.

Debe tener en cuenta que esta consulta NO SUSTITUYE el servicio de publicidad registral formal denominado búsqueda de índices, en la medida que no tiene los efectos de aquella ni es de actualización inmediata sino mensual.

Si va a constituir una sociedad anónima cerrada o abierta, incluir la indicación de cerrada o abierta en la denominación.

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