Obras por Impuestos: Una forma diferente de aportar al país
Por: Abog. Andrés Delgado

Abstract: Las obras por impuestos son una modalidad eficaz de colaboración público-privada que permite no solo acortar las brechas de infraestructura en el país, sino acercar a las empresas con sus principales grupos de interés, y permite a su vez, utilizar este monto de inversión como pago a cuenta y de regularización del Impuesto a la Renta de tercera categoría.

Durante el “I Congreso Internacional de Ingeniería y Construcción: El país que queremos”, desarrollado en julio del año pasado, la presidente de la Cámara de Comercio de Lima señaló que existe una brecha de infraestructura en el país que asciende a US$ 110 mil millones. De este monto, $ 5,344 millones corresponden la necesidad de nueva infraestructura de agua, $ 8,548 millones a saneamiento, $ 1,022 millones en tratamiento de aguas residuales, $ 734 millones a electricidad y $15,107 millones en transporte urbano masivo, entre otros. Estos montos no consideran la inversión necesaria para la reparación y reposición de activos antiguos.

Estas cifras ponen en evidencia la precariedad de la infraestructura en nuestro país, ya sea por la baja asignación presupuestal para en los diferentes sectores, por la deficiencia técnica de la gestión de los proyectos o por la lentitud para su ejecución. Sin embargo, la pregunta que surge es qué pueden hacer las empresas privadas al respecto y cómo esta labor puede alinearse con los objetivos de esta, especialmente desde la arista tributaria; considerando también que estamos en una etapa en la que los alcaldes y gobernadores regionales tienen cuatro años para lograr la ejecución de obras.

Una alternativa de respuesta a esta interrogante se planteó en mayo de 2008, cuando el Ministerio de Economía y Finanzas promulgó una norma que permite vincular la necesidad del Estado de cerrar brechas de infraestructura con la eficiencia del sector privado. Así también, permite mitigar el descontento generalizado de la empresa privada al no existir correspondencia entre los impuestos pagados anualmente con una mejor prestación de servicios públicos.

La Ley N° 29230, denominada “Ley de Obras por Impuestos”, permite coordinar con los gobiernos regionales y locales, así como entidades del Gobierno Nacional a fin de ejecutar obras priorizadas por las entidades estatales. Las entidades públicas podrán disponer del conocimiento y menor burocracia del sector privado, mientras que los gastos realizados por las empresas en el financiamiento y/o ejecución de tales proyectos podrán ser utilizados como pago a cuenta o de regularización del Impuesto a la Renta del ejercicio anterior, mediante los denominados Certificados de Inversión Pública Regional y/o Local o de Gobierno Nacional (CIPRL o CIPGN).

Esto quiere decir que una vez ejecutadas las obras se emiten Certificados de Inversión tal como lo recoge el artículo 8 de la Ley 29230, el cual es un documento emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Tesoro Público con una vigencia de diez (10) años, e inclusive puede ser negociable.

Por otro lado, los Certificados no podrán ser aplicados contra el pago de multas, aun cuando se encuentren asociadas a los pagos a cuenta y de regularización del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría, así como los Certificados que no hayan podido usarse en el ejercicio fiscal, podrán usarse en los ejercicios siguientes (la Dirección General de Tesoro Público reconocerá un 2% adicional del monto emitido). Como mencionamos, estos tienen una vigencia de diez (10) años, pero en el caso que no sean utilizados en este periodo, SUNAT podrá realizar la devolución correspondiente mediante Notas de Crédito Negociables.

A fin de conocer el impacto de esta modalidad de ejecución de inversión en infraestructura, nos parece importante resaltar que, según las cifras compartidas por PROINVERSIÓN hasta la fecha, se han invertido un total de S/ 6,732 millones desde la emisión de la norma en 2008. Asimismo, han sido alrededor de 140 empresas las que han desarrollado estos proyectos, y entre ellas, muchas vienen realizando esta ejecución de manera continua, aportando con muchos más proyectos a la zona de influencia de sus operaciones.

De manera más específica, en el sur del país, abarcando los departamentos de Arequipa, Moquegua, Cusco, Puno y Tacna se han invertido S/ 2,441 millones en obras de infraestructura mediante obras por impuestos. Un ejemplo claro de obras de gran magnitud bajo esta modalidad fue la ejecución del Puente Chilina, ejecutada en 2014 con un costo de S/ 260 millones.

En suma, esta modalidad de inversión y alternativa al pago de impuesto a la renta permite acortar la brecha de infraestructura en el país, acercar las empresas a sus grupos de interés en el área de impacto de sus operaciones gracias a la ejecución de obras que favorecen una mejor prestación de los servicios públicos, así como brindar una mejor calidad de vida a la población.

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