Tenienta alcaldesa de Cerro Colorado aún no puede asumir la alcaldía

Por: Erika Romero D. – Karely Linares H.

Se debe convocar a una sesión extraordinaria de concejo municipal para definir situación de Manuel Vera .

POR AHORA SOLO PROCEDE LA SUSPENSIÓN DE VERA PAREDES

Una vez que se conoció la decisión judicial de confirmar la sentencia en contra del ahora no habido alcalde de Cerro Colorado Manuel Vera Paredes, hubo quienes pidieron la vacancia del burgomaestre e incluso dieron por hecho que la teniente alcaldesa Eufemia Gina García de Rodríguez se convertiría en la nueva autoridad edil, pero no es así. Todavía hay mucho camino por recorrer.

El especialista en Derecho Municipal Jorge Sumari explica lo que procede es la suspensión del alcalde Vera Paredes.

En la Ley Orgánica de Municipalidades se señala en el artículo 25 que procede la suspensión por 5 causales para este caso solo interesa la establecida en el inciso 5 que dice: “5. Por sentencia judicial condenatoria emitida en segunda instancia por delito doloso con pena privativa de la libertad”.

El pasado jueves 25 la Cuarta Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Arequipa (CSJA), confirmó la sentencia condenatoria que imponía a Manuel Vera 8 años de prisión efectiva y se dispuso su captura, Vera desapareció y tiene la condición de no habido.

En ese contexto lo que queda por hacer, precisa Sumari es que se convoque a una sesión extraordinaria con la suspensión de Vera como único punto a tratar en la agenda. Una vez tomada la decisión se la enviará al Jurado Nacional de Elecciones y se hará cargo de la alcaldía la teniente alcaldesa, como lo precisa el artículo 24 de la citada norma.

Para que a Vera lo vaquen tendría que haber una sentencia condenatoria firme, es decir consentida y ejecutoriada y aún no se está en ese escenario. Los abogados de Vera tienen 10 días hábiles para presentar el recurso de casación a la Corte Suprema, que debe ser entregado a la CSJA para que evalúe si cumple con las formalidades. En este punto pueden ocurrir dos cosas.

El mejor de los escenarios es que el recurso cumpla con los requisitos de forma y sea elevado a la Suprema. Si eso ocurre entonces los magistrados analizarán si es que en el séquito procesal se han respetado los principios de legalidad, debido proceso, entre otros. Pero esto no significa que la orden de captura quede sin efecto.

En el supuesto que el escrito del recurso extraordinario propuesto por los defensores legales de Vera sea rechazado inmediatamente el proceso queda concluido la sentencia se convierte en una firme y recién se puede tramitar la vacancia.

En este escenario se cancela la credencial como alcalde dada por el JNE a Vera se emite una nueva dando ese rango a la teniente alcaldesa Eufemia Gina García de Rodríguez y se convoca al accesitario.

OTRO ANÁLISIS

Otros abogados consultados coincidieron con lo dicho por el especialista Jorge Sumari, pero también precisaron que, si Vera se ausenta de la respectiva jurisdicción municipal por más de 30 días consecutivos, sin autorización del concejo municipal puede vacársela. “Y Vera no va a poner un pie en la sede municipal porque sabe que ni bien lo haga será detenido por la Policía y puesto a disposición de la justicia.

¿QUIÉN ES GINA GARCÍA?

Eufemia Gina García de Rodríguez días antes de la confirmación de la sentencia de 8 año de pena de cárcel impuestas a Manuel Vera Paredes estaba segura de que saldría bien librado y no evaluó la posibilidad de que la comuna de Cerro Colorado quede a la deriva.

Sus colegas regidores creen que ella puede remplazar a Vera. García de Rodríguez fue regidora distrital en Cerro Colorado en los periodos 1999-2002 y 2003-2006. En el primero accedió a un puesto en el concejo cerreño de la mano del Frente Vecinal Cerreño. Benigno Cornejo fue elegido como alcalde por la misma agrupación.

Para el 2003-2006 fue parte de la lista Cerreños Avanzando.

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