El debate de la bicameralidad

Por: Carlos Meneses

La última vez que en el país existieron dos cámaras legislativas en función fue con la Constitución de 1979:  Senadores y Diputados. Ambas, ocupadas por parlamentarios elegidos por la ciudadanía. Es a partir de la entrada en vigor de la Constitución de 1993 que existe una sola cámara (unicameralidad) con un total de 130 legisladores.

La bicameralidad es un sistema de representación política en el Poder Legislativo que se apoya en la existencia de dos cámaras separadas e independientes.

El restablecimiento del sistema bicameral, que rigió en nuestro país desde 1828 hasta la Constitución de 1993, implicaría la reforma de 41 artículos de la actual Constitución Política del Perú.

La estructura bicameral del Congreso se mantuvo en todas las constituciones del Perú hasta 1992.

Ser un país con Parlamento unicameral o bicameral es un debate pendiente en el ámbito político nacional. Para especialistas constitucionalistas y políticos, contar con una cámara de diputados y senadores es beneficioso para el ejercicio democrático a fin de lograr mayor representación política y mejor producción de leyes.

Por el contrario, quienes se oponen a la propuesta, la consideran una medida poco popular pues representa contar con más legisladores, lo que demandaría burocracia y un mayor costo presupuestal.

Para la congresista Patricia Juárez, expresidenta de la Comisión de Constitución del Congreso y actual miembro de este grupo de trabajo, el actual contexto político y social es oportuno para poner en agenda este debate. 

Sin embargo, el debate en torno al retorno de la bicameralidad no se encuentra aún en agenda de la Comisión de Constitución, pero podría darse en el presente mes.

La bicameralidad no es la única reforma pendiente. La actual Comisión de Constitución tiene una ardua labor por delante en materia de reelección de congresistas, elecciones internas, paridad, entre otros temas.

Las leyes rigen la conducta de nuestra sociedad y deben ser no solo bien elaboradas, sino mejor evaluadas antes de entrar en vigor.

Dejanos un comentario

Your email address will not be published. Required fields are marked with *.