MUNICIPALIDADES: DENGUE Y DEMOCRACIA SOCIAL

Por: Edgard Norberto “Beto” Lajo Paredes

Toda persona tiene derecho al acceso a agua potable

La ministra de Salud, Rosa Gutiérrez Palomino, responsabilizó a las municipalidades de la epidemia del dengue, en razón a que deben proveer de servicios básicos de agua potable, desagüe, y no lo hacen; habló de Piura, dan dos horas diarias de agua potable, de otros lugares dan una hora diaria o una vez a la semana; viéndose obligadas las familias, almacenar agua en recipientes. Los cuales son espacios para criaderos del mosquito aedes aegypti, con su picadura en las personas provocan el dengue. Veamos qué dicen las normas.

La Constitución, establece: el Estado reconoce el derecho de toda persona a acceder de forma progresiva y universal al agua potable. El Estado garantiza este derecho priorizando el consumo humano sobre otros usos (art. 7-A). La Ley N° 27972, LOM, estipula: Las municipalidades, en materia de saneamiento, salubridad y salud, ejercen funciones específicas compartidas (provinciales y distritales): administrar y reglamentar directamente o por concesión el servicio de agua potable, alcantarillado y desagüe (art. 80 inc. 2.1 y 4.1).

Es importante señalar, el D.S. N° 242-2018-EF TUO D. Leg. N° 1252 del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (Invierte.pe); su finalidad es “orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país”, tiene “como principal objetivo el cierre de brechas de infraestructura o de acceso de servicios públicos para la población”. La primera brecha a cerrar es la del agua potable, alcantarillado y desagüe, es decir, hacer que toda la población tenga tales servicios básicos, de calidad y en forma permanente.

Cada Ministerio, publica las brechas de su sector en el país, por cada región, provincia y distrito. Deben recabar, ésta muy necesaria información, los gobiernos locales, para de acuerdo a las brechas de su circunscripción, orientar los recursos públicos en inversión de obras para cerrarlas; las organizaciones políticas, para elaborar sus planes de gobierno local con propuestas concretas de cierre de brechas; la sociedad civil (vecinos, medios de comunicación, etc.), para exigir a las autoridades locales, la ejecución de acciones tendientes al cierre de brechas; a fin, se solucionen los problemas locales y dar bienestar a la población.

A fin de dar cabal cumplimiento a lo establecido en la Constitución y LOM, el Poder Ejecutivo, específicamente, la Presidencia del Consejo de Ministros (Secretaría de Descentralización), debe diseñar una patriótica y democrática descentralización de capacidades de gestión, por la cual, los expertos en planes de desarrollo, se internen en las provincias y distritos y coadyuven, in situ, y de manera efectiva, en la actualización o elaboración de dichos planes, también en la formación de gestores del desarrollo local.

Asimismo, los especialistas en gestión gubernamental, vivan algunos meses, en provincias y distritos, conozcan la realidad e idiosincrasia, capaciten con acompañamiento, a alcaldes, regidores y funcionarios, como a líderes vecinales, en los diversos sistemas administrativos. Pues, se trata de elevar la calidad de las gestiones públicas de los gobiernos locales, célula básica del Estado y escuela práctica de democracia funcional participativa. Con Presupuesto para cierre de brechas de agua potable y desagüe, con intervención articulada de los Programas de Saneamiento Urbano, Rural, Foncodes y otros.

Acabemos, con las falsas capacitaciones masivas de pocas horas, en avalancha, descontextualizadas de sus entornos territoriales y sociales, dan al inicio de los períodos de gobierno, como si en una hora van a obtener autoridades ediles preparadas.

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