TODOS PODEMOS SER INVENTORES

En el día-día, sea cual fuere la actividad que desarrollamos, siempre nos encontramos con situaciones en las que nos damos cuenta, que podría haber una mejor manera de hacer las cosas. El encontrar esas soluciones a problemas cotidianos puede dar lugar a invenciones. En este artículo le damos información, para que descubra si es un inventor en potencia.

1. ¿Qué es un invento?

Un invento es la solución técnica a un problema técnico. Es la aplicación o puesta en práctica de una idea para solucionar un problema en cualquier campo de la tecnología.

2. ¿Es obligatorio patentar?

No. Cualquier persona puede fabricar, comercializar o utilizar un producto o un procedimiento sin necesidad de patentarlo, siempre que no esté patentado a nombre de un tercero en el Perú. Sin embargo, no tendrá el derecho exclusivo de explotación del producto o procedimiento en cuestión.

3. ¿Qué derechos tiene el titular de una patente?

El titular de una patente tiene el derecho exclusivo de explotación comercial de su invención; es decir, podrá impedir que cualquier persona explote su invención sin su consentimiento, durante el período de vigencia de la patente y en el territorio en el cual se solicitó la patente.

4. Si deseo comercializar un producto ¿Cómo puedo saber si estoy afectando el derecho de alguien?

Si comercializa un producto que está registrado y cuenta con un título a favor de un tercero en el Indecopi, usted estaría afectando los derechos de esa persona. Para evitar esta situación, puede acceder al Servicio de Búsqueda de Antecedentes que brinda el Indecopi a fin de obtener un certificado donde se indique si existe o no una patente sobre el producto o procedimiento que le interesa comercializar. La búsqueda se realiza tomando en cuenta las patentes registradas en el Indecopi y las solicitudes en trámite de carácter público.

5. ¿La solicitud en trámite brinda protección contra la copia del producto que se desea patentar?

No. Sólo una vez otorgada una patente, el titular de ésta puede impedir que terceros exploten su producto o procedimiento presentando una denuncia por infracción ante el Indecopi.

6. ¿Qué puedo hacer si mi solicitud de patente aún se encuentra en trámite y detecto que alguien está copiando mi invención?

Puede advertir vía notarial al supuesto infractor sobre la presentación y contenido de su solicitud, a fin de que éste no pueda alegar luego que desconocía la existencia de la solicitud en trámite. Sin embargo, la acción por infracción recién se puede presentar cuando la patente sea concedida.

7. ¿Qué debo hacer si detecto que alguien está explotando una invención cuando ya la patente ha sido concedida y no se cuenta con la autorización del titular?

El titular de una patente puede presentar una denuncia por infracción ante el Indecopi (Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnología) la Oficina al detectar que alguien está afectando sus derechos con la explotación de su invención. Para ello, puede solicitar:

  • La detención de los actos que afectan sus derechos, especialmente el retiro del mercado de los productos infractores;
  • El decomiso de los productos y material publicitario;
  • El cierre temporal del negocio infractor;
  • Medidas pertinentes para que las autoridades aduaneras impidan el ingreso al país de los productos infractores;
  • La publicación de la resolución condenatoria a cuenta del infractor;
  • En general, las medidas pertinentes para evitar que se siga produciendo el daño.

8.¿Es posible patentar una invención en cualquier momento?

No. Para obtener una patente es necesario -entre otros requisitos- que la invención sea nueva. Si ya se tiene comercializando la invención hace varios años o si desea patentar la invención porque ha detectado que la están copiando, quizás sea demasiado tarde.

9. ¿Cuándo es oportuno presentar la solicitud de patente?

La novedad de la invención se evalúa en función de la fecha de presentación (o de prioridad, de ser el caso); por ello, cuanto más pronto presente la solicitud de patente, tendrá mayores posibilidades de obtenerla.

10. Si estoy recién en la etapa de investigación y aún no tengo la invención concluida, pero -por alguna razón- debo hacer pública mi idea ¿Qué puedo hacer si deseo «separar fecha»?

Puede solicitar un certificado de protección que sirve para proteger proyectos de invención, «separando la fecha» durante un año. Para ello, debe presentar una descripción de la invención, especificando cuál o cuáles son los elementos de la invención que están aún por concluir y detallando los demás aspectos de la invención

11. ¿Qué derechos otorga un certificado de protección?

Un certificado de protección otorga un derecho de preferencia sobre cualquier otra persona que pretenda solicitar privilegios sobre la misma materia durante el año de protección. Sin embargo, de querer una protección definitiva a más tardar al cumplirse al año de la presentación del certificado, se deberá presentar la solicitud de patente.

12. ¿Quién evalúa que mi invención cumpla con los requisitos necesarios?

La Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías del Indecopi cuenta con profesionales especializados en diversos campos de la técnica, quienes están debidamente capacitados para evaluar solicitudes de patente.

13. ¿Cómo puedo saber si mi invención es novedosa e inventiva antes de presentar la solicitud de registro?

El Indecopi, brinda el Servicio de Búsqueda de Información Tecnológica, mediante el cual un interesado puede obtener información útil que de indicios de si su invención es nueva e inventiva. La búsqueda se realiza basándose en la información que detalla el interesado en la solicitud de búsqueda, así como en la información contenida en las solicitudes de patente publicadas tanto en el Perú como en el extranjero, entregando al interesado los documentos que considera se relacionan más con lo solicitado; sin embargo, es el interesado quien deberá revisar estos documentos y evaluar la posibilidad de presentar la solicitud de patente ante la Oficina.

14. ¿Para qué otros casos es útil el Servicio de Búsqueda de Información Tecnológica?

Este servicio puede ser de mucha utilidad para quien desea iniciar una investigación en un campo específico de la técnica.

15. ¿Qué obligaciones confiere una patente?

El titular de una patente tiene la obligación de explotar la invención patentada directamente o a través de una persona autorizada por él. Asimismo, para mantener vigente la patente deberá pagar oportunamente las tasas periódicas o anualidades correspondientes.

16. ¿Qué son las anualidades?

Son tasas que el titular o solicitante debe pagar anualmente para mantener vigente la patente o la solicitud de patente, respectivamente.

17. ¿A partir de cuándo se tiene la obligación del pago de anualidades?

La obligación del pago de anualidades se genera a partir del tercer aniversario de la presentación de la solicitud.

Si el presente artículo es de su interés, puede obtener más información en el Manual del Inventor, ingresando al siguiente link:

https://repositorio.indecopi.gob.pe/bitstream/handle/11724/4401/612_DIN_Manual_del_inventor.pdf?sequence=1&isAllowed=y

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