Enjuiciar a los presidentes traidores

Por Javier Valle Riestra

El Montonero


I

Volvemos a la historia para recordar cómo debemos procesar a los exjefes de Estado. Un ejemplo es el de Augusto B. Leguía, quien luego de ser derrocado en 1930 fue sustituido por una Junta Militar e inmediatamente juzgado por un tribunal castrense. Murió preso a los 69 años, después de haber gobernado al Perú dos veces: 1908-1912 y once años desde 1919 a 1930. Lo destituyó el entonces siniestro comandante Luis M. Sánchez Cerro, a quien también le llegaría la horca popular, porque murió de un balazo en la nuca en 1933, culpable históricamente del fusilamiento de 6000 apristas en Trujillo.

Todo esto nos hace reflexionar sobre el desprecio que hay en nuestra patria por los jefes de Estado. Ahí están los nombres de Oscar R. Benavides, Manuel Prado, Bustamante y Rivero, militaristas enemigos de la democracia y la libertad. Hoy nos hallamos inexplicablemente con una “presidenta” de la República, jamás elegida por el pueblo. Y que es postulante a ser depuesta manu militari por su desgobierno evidentemente tiránico. Todo esto tiene que ser superado con el derrocamiento violento del sistema cívico-militarista existente. Vendrán en unos lustros elecciones libres y democracia liberal izquierdizante.

En el Perú hemos tenido episodios democráticos breves: con Manuel Pardo, asesinado en 1876, Nicolás de Piérola (1895-1899), vencedor moral en la guerra con Chile, nuestro vecino nefasto. Eso en el siglo XIX. A comienzos del s. XX tuvimos democracias liberales sin apoyo masivo popular, pero con respeto a la ley. ¿Ejemplos? López de Romaña, Calderón, Billinghurst, Leguía en dos tiempos. Llegó, como ya dije, 1930 y Don Augusto fue depuesto, encarcelado y hasta arrasada su casa de la calle Pando. Murió en la penitenciaría. Pero tenía mucha más dignidad que todos los seudopresidentes que vinieron después.

Hoy estamos en caos silencioso y el sistema imperante terminará clausurado por el pueblo y como lo he dicho mil veces, los sustitutos serán juntas cívico-militares, con la cárcel abierta para los corruptos, para los venales, para los traidores a la democracia. Vayamos ahora a referirnos al Tribunal de Sanción Nacional que juzgó a leguiístas y que, sin embargo, cometió diversos contrafueros, uno de ellos con el propio Leguía quien murió en el Panóptico, situado entonces en el Paseo de la República, frente al Palacio de Justicia.


II

Una revolución venció el 22 de agosto de 1930 y acabó con el régimen nacido el 4 de julio de 1919. El 31 de agosto de aquel año, la Junta Militar creó el Tribunal de Sanción Nacional por decretos leyes dictatoriales posteriores a los hechos e integrado por los no-letrados y militaristas: Pássara, Sotil, Faura, Desmaisson, Panizo, antiguos enemigos del expresidente. Esa inicua Corte sentenció civilmente a don Augusto responsabilizándolo monetaria e ilegalmente por veinticinco millones de soles. No fue una condena penal, la cual debía venir luego de ese fallo ante un Tribunal Correccional. Pero Leguía murió de uremia antes, prisionero en el hospital naval de Bellavista, el seis de febrero de 1931. En horas previas un sanchecerrista fanático, Medelius, colocó una bomba en ese nosocomio. Leguía falleció muy pobre. Solo dejó unas pólizas y medallas. Había llegado al poder más que rico. Leguía de haber vivido se habría batido con talento ante ese Tribunal forjado por la oligarquía. Era un hombre de extraordinaria inteligencia, también combatió heroicamente en la guerra con Chile. 


III

Los virreyes, como sabemos, fueron sometidos a Juicio de Residencia. Esta tradición se continúa en la República. Fueron residenciados el triunvirato presidido por La Mar (1822); Riva Agüero, primer Presidente de la República; el expresidente Torre Tagle. El último intento de Residencia fue contra Ramón Castilla (1851) por iniciativa de la Corte Suprema. Posteriormente, en 1855 dispuso por ley expresa el enjuiciamiento penal del expresidente Echenique y de los funcionarios civiles y políticos “que hayan contribuido a la desorganización de la República y a la ruina de su Hacienda”. También fueron procesados, pero ante tribunales especiales, constituidos ex post facto, el presidente Pezet (1867) por la llamada Corte Central. Incluso Alan García (1992) violándose la cosa juzgada. Pero todos estos casos fueron juicios sin publicidad que terminaron con sanciones económicas en el caso de los virreyes o con sobreseimientos, indultos o amnistías en el caso de los ex jefes de Estado. 

Presidentes del siglo XX y XXI han sido enjuiciados; debemos establecer un moderno Juicio de Residencia.

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