Congreso aprobó otorgar bonos mensuales para jueces titulares

En medio crisis que enfrenta el Perú por la recesión económica, el Pleno del Congreso aprobó en segunda votación el dictamen recaído en el Proyecto de Ley N.° 5961, que propone “Ley que amplía el bono adicional a favor de todos los jueces titulares del Poder Judicial”.

Esta iniciativa impulsada por la parlamentaria de Alianza para el Progreso (APP), María Acuña, sostiene que en el caso de las remuneraciones que perciben los magistrados de nuestro país, se observa que, existe un bono adicional únicamente para los jueces supremos, que transgrede directamente la Ley Orgánica del Poder Judicial. Ese bono al tener carácter permanente forma parte de la remuneración y no es considerado para todos los jueces, lo que genera una desigualdad que debe ser corregida.

“No existe justificación alguna para otorgar un bono adicional sólo a los jueces supremos, pues todos los jueces titulares realizan la misma labor y sólo los diferencian las funciones que les asigna la ley”, se lee en el proyecto.

 “Los jueces superiores titulares reciben un bono mensual equivalente al 80 % del valor de cuatro y media unidades de ingreso del sector público (cuatro y media unidades de ingreso del sector público-4.5 UISP); los jueces especializados titulares, equivalente al 62 % del valor cuatro y media unidades de ingreso del sector público (4.5 UISP); y los jueces de paz letrados titulares, equivalente al 40% del valor de cuatro y media unidades de ingreso del sector público (4.5 UISP)”, detalla en el texto.

Asimismo, el bono no tiene carácter remunerativo, no está afecto a cargas sociales y no es de naturaleza pensionable ni forma parte de los beneficios laborales. Asimismo, no constituye base de cálculo para la compensación por tiempo de servicios (CTS) o cualquier otro tipo de bonificación, asignación o entrega.

Además, la propuesta agrega que: “Como se puede advertir, si bien genera un costo económico para el Estado, el beneficio resulta ser mayor ya que en un estado democrático se garantiza la independencia e imparcialidad de la justicia que debe guardar el Poder Judicial”.

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