AYER ENTREGARON KIT PARA RECOLECCIÓN DE FIRMAS

ONPE declara procedente solicitud de

revocatoria para Gobernador Regional

Rohel Sánchez Sánchez, gobernador regional de Arequipa.

Harold Rodríguez Quispe, promotor del proceso de revocatoria y hasta hace poco «mano derecha» de Sánchez.

Tras adquisición del kit, deberá seguirse con la recolección de firmas de adherentes. ONPE declara procedente 3 solicitudes de revocatoria de autoridades en la región.

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La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) declaró procedente la solicitud de revocatoria contra el gobernador regional de Arequipa, Rohel Sánchez Sánchez. Hasta la fecha 3 solicitudes para adquirir los formatos para recolección de firmas de adherentes (kit electoral), fueron admitidas, estas son la que corresponde a la autoridad regional, al alcalde provincial de La Unión y al distrital de Ocoña.

El promotor de la revocatoria de Sánchez, es el exintegrante del movimiento regional ‘Yo Arequipa’, Harold Rodríguez Quispe.

El excandidato a consejero regional aseguró que la máxima autoridad de Arequipa ha tenido 18 meses para demostrar su capacidad de gestión; no obstante, ante los pocos resultados conseguidos, decidió liderar la revocatoria junto a la agrupación «Arequipa se respeta».

La solicitud del kit de revocatoria de Rodríguez Quispe es en contra de Sánchez Sánchez como gobernador regional y contra Ana María Gutiérrez Valdivia como vice gobernadora regional. Ayer recibieron el kit electoral y Rodríguez anunció que de inmediato iniciarán la recolección de firmas.

PLATAFORMA HABILITADA

Mientras tanto, voceros del organismo electoral habilitó en su sitio web un link que permitirá conocer, en detalle, los kit electorales expedidos, los mismos que cumplieron los requisitos para adquirir los planillones con los cuales poder iniciar el proceso de recolección de firmas de adherentes (25 % del padrón electoral de la circunscripción) y continuar con el proceso.

El kit electoral es el conjunto de documentos y formatos que la ciudadanía puede solicitar en la ONPE para el ejercicio de los derechos previstos en la Ley n. ° 26300. Contiene la lista de adherentes para la recolección de firmas correspondientes, formatos para la certificación de presentación de listas de adherentes y para la certificación de digitación de lista, declaración jurada para la corrección de enmendaduras, software para la digitación de adherentes, la normativa vigente y un manual de instrucción del software de la lista de adherentes.

Luego que el ciudadano reciba el kit electoral se deberá recolectar las firmas de adherentes (25 % del padrón electoral de la circunscripción) y luego solicitar a la Subgerencia de Verificación de Firmas y Apoyo Técnico Electoral del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) la verificación de las firmas recolectadas. 

Culminado el trámite en el Reniec, corresponde al promotor presentar la solicitud de revocatoria, ya sea en la mesa de partes de la ONPE (presencial o virtual) o en las ORC. 

El promotor deberá anexar copias de la “Constancia del proceso de verificación de firmas de adherentes” y del “Acta de etapa de verificación automática y semiautomática”, ambas expedidas por el Reniec.  

La fecha límite de recepción de solicitudes de verificación de firmas es el 11 de octubre de 2024.

RESALTAR

En caso de ser denegada procede recurso de apelación ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el cual resuelve dicho recurso en un plazo no mayor de 15 días calendario. No procede recurso alguno contra dicha resolución. 

 La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) hizo público en su portal web 92 solicitudes declaradas procedentes y cuyos kits electorales ya han sido entregados para ejercer el derecho de revocatoria contra diversas autoridades municipales y regionales.

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