Seis ministerios deberán ejecutar acciones para contrarrestar contaminación en rio Tambo 

PLAN COMPRENDE AGOSTO Y SETIEMBRE

Tras la declaratoria de emergencia para las provincias Islay (Arequipa) y Sánchez Cerro (Moquegua), seis ministerios deberán involucrarse para contrarrestar los perjuicios ocasionados por la contaminación de las aguas del río Tambo. La vigencia de la declaratoria inició ayer y las acciones deberán ejecutarse durante agosto y obtener resultados para finales de septiembre. 

La declaratoria de estado de emergencia para Islay y Sánchez Cerro fue oficializada ayer, mediante el Decreto Supremo 077-2024-PCM, publicado en el Diario El Peruano. Allí se detalla que el dispositivo legal tiene un vigencia de 60 días calendario y tiene por finalidad la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias frente al peligro inminente de contaminación hídrica en los ríos Tambo y Coralaque. Ello tras los incidentes suscitados el pasado jueves 11 de julio. 

Gracias a la declaratoria, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) dispone de un presupuesto de aproximadamente S/400 millones para intervenir en Islay. «La declaratoria nos permitirá intervenir a diferentes sectores. El Midagri tiene proyectos de infraestructura de riego por casi S/40 millones que se impulsarán; además, vamos a instalar una oficina de Agro Ideas con S/20 millones y finalizar el expediente técnico de la represa de Yanapuquio en octubre y lanzar el proceso para convocar la obra», refirió el titular del Midagri, Ángel Manero Campos. 

Aunque Manero Campos reconoció el retraso en la promulgación de la declaratoria, aseguró que esto se debió a que esta requería coordinaciones del Midagri; pero también de diferentes carteras. En tanto, se instaló una oficina permanente del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) en Quinistaquillas con el fin de reforzar las acciones de fiscalización ambiental en la cuenca del río Tambo.

Gracias a la declaratoria, el Ministerio de Salud se encargará de verificar los perjuicios sanitarios a la población de Islay y Sánchez Cerro; el Ministerio del Ambiente se encargará de asegurar condiciones medioambientales; el Ministerio de Energía y Minas se encargará de cerrar definitivamente las minas de Aruntani. En tanto, el Ministerio de Producción se avocará a salvaguardar la supervivencia de los camarones en el río Tambo. Finalmente el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento se encargará del saneamiento de las aguas. 

SEIS DISTRITOS

A través del Decreto Supremo N° 077-2024-PCM, declaran en Estado de Emergencia 6 distritos de la provincia de Islay de la región Arequipa y de la provincia de General Sánchez Cerro en Moquegua, por peligro inminente ante contaminación hídrica, por un plazo de 60 días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción de riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan.

Los distritos en emergencia son; Punta de BombónCocachacraDean ValdiviaMolendoIslay y Mejía, para ello las acciones a realizar deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.

Asimismo los Gobiernos Regionales de Arequipa y Moquegua, y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio del Ambiente, del Ministerio de la Producción, del Ministerio de Energía y Minas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, y demás instituciones públicas y privadas involucradas; ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan. Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes

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