Presentan proyecto para derogar norma que prescribe delitos de lesa humanidad
La congresista Sigrid Bazán Narro, del Grupo Parlamentario Cambio Democrático-Juntos por el Perú, presentó un proyecto de ley que busca derogar la Ley N° 32107, una polémica norma que prescribe delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra en el Perú cometidos antes del 2002.
La Ley N° 32107, publicada el 9 de agosto de 2024, estipula que el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional comenzó su vigencia en el ordenamiento jurídico peruano el 1 de julio de 2002. Esta ley, en su Artículo 2, establece que “tiene competencia temporal únicamente respecto de los hechos sucedidos después de su entrada en vigor en el ordenamiento jurídico peruano”. Además, precisa que la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad entró en vigor el 9 de noviembre de 2003, limitando su aplicación a los hechos cometidos posteriormente a dicha fecha.
Según el proyecto de ley presentado por Bazán, estas disposiciones limitan la capacidad del ordenamiento jurídico peruano para juzgar delitos graves cometidos antes de esas fechas, lo que, dicen los proponentes, “fomenta la impunidad de graves violaciones a los derechos humanos”.
La congresista Bazán sostiene que estas limitaciones están en conflicto con la Constitución y las normas de ius cogens, y cita la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (IDH) que subrayan la imprescriptibilidad de los delitos graves, independientemente de cuándo se hayan cometido. “No existe norma legal que pueda oponerse a lo dispuesto en un tratado internacional sobre derechos humanos”, dice el proyecto, citando sentencias previas como el STC EXP. N° 2420-2012-PCITC.
El texto también resalta que la Ley N° 32107 introduce una serie de exclusiones que benefician a individuos acusados de tortura, ejecuciones arbitrarias y desapariciones forzadas cometidas antes del 1 de julio de 2002, consideraciones que la Corte IDH ha declarado “inadmisibles” en la sentencia Barrios Altos vs. Perú.