Congreso aprueba en segunda votación reforma del Código Procesal Constitucional

El pleno del Congreso de la República aprobó, en segunda votación, el texto sustitutorio que modifica el Nuevo Código Procesal Constitucional, con lo cual se reduce de cinco a cuatro el número de votos requeridos en el Tribunal Constitucional (TC) para declarar la inadmisibilidad de una demanda competencial.

De igual manera, se establece que en los procesos competenciales, la sentencia se obtiene con el voto conforme de cuatro magistrados. En la norma vigente se requería del voto conforme de cinco magistrados. 

«En caso de empate, el presidente del Tribunal Constitucional tiene voto decisorio. De no llegarse al número de votos

exigidos, se tendrá por infundada la demanda. La sentencia del Tribunal vincula a los poderes públicos y tiene plenos efectos frente a todos», se precisa.

El texto sustitutorio aprobado ayer también realiza modificaciones sobre la medida cautelar que se presenta ante el TC. Así se determina que la aprobación de la medida cautelar requiere el voto de cuatro votos conformes y ya no de cinco, como señalaba el actual Código Procesal Constitucional.

El texto que agrupa 13 proyectos de ley plantea la modificación de los artículos VI y VIII del Título Preliminar y de los artículos 6, 42, 101, 110, 111 y 112 de la Ley 31307, Nuevo Código Procesal Constitucional fue aprobado en segunda votación con 72 votos a favor. 

La semana pasada, en primera votación, la propuesta legislativa obtuvo 70 votos a favor, 38 en contra y 4 abstenciones.

El legislador Fernando Rospigliosi (Fuerza Popular), presidente de la Comisión de Constitución, sostiene que la iniciativa pretende asegurar que el control judicial no se use como herramienta política contra el Congreso y que se respeten los fueros del Poder Legislativo. 

En contraposición, el legislador Jaime Quito Sarmiento (Bancada Socialista) señaló que la propuesta busca controlar al Tribunal Constitucional. 

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