Transfieren S/ 19.7 millones a gobiernos regionales para pago de profesores
El Ejecutivo autorizó la transferencia de más de 19.7 millones de soles a diversos gobiernos regionales para el pago del costo diferencial que implica el pago de la asignación por jornada de trabajo adicional y la asignación por cargo para los profesores que temporalmente asuman cargos de responsabilidad.
Así lo estableció a través del Decreto Supremo Nº 215-2024-EF, publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
La norma precisa que se autoriza una transferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2024, hasta por la suma de 19 millones 758 mil 127 soles a favor de diversos gobiernos regionales.
Estos recursos estarán orientados para el financiamiento del costo diferencial que implica el pago de la asignación por jornada de trabajo adicional y la asignación por cargo para los profesores que temporalmente asuman cargos de responsabilidad previstos en las Áreas de Desempeño Laboral establecidas en el artículo 12 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, correspondiente a los meses de enero a diciembre del año fiscal 2024.
Todo ello, en el marco de lo establecido en el literal j) del numeral 112.1 del artículo 112 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación.
El detalle de los pliegos y los montos de la Transferencia de Partidas autorizadas en la presente norma, se encuentran en el Anexo “Transferencia de partidas para financiar el costo diferencial que implica el pago de la asignación por jornada de trabajo adicional y la asignación por cargo, para los profesores que temporalmente asuman cargos de mayor responsabilidad previstos en las áreas de desempeño laboral establecidas en el artículo 12 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
La norma también establece que los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son otorgados.
El Decreto Supremo lleva la rúbrica de la presidenta de la República, Dina Boluarte; el ministro de Economía y Finanzas, José Arista Arbildo; y del ministro de Educación, Morgan Quero Gaime.