Basta de amenazas
Ántero Flores-Aráoz
Hace algunos días grupos de transportistas anunciaron y ejecutaron paralización de labores en la capital de la República y varias otras circunscripciones del país. En buena cuenta ejercieron el derecho de reunión que, de acuerdo a la Constitución (artículo 2.12). debe ser pacífica y sin armas. La plataforma o motivación, legítima por cierto, para dichas paralizaciones fue protestar por la falta de seguridad en el país, lo cual está corroborado con diversidad de extorsiones, atracos, asaltos y muchas otras acciones tipificadas como delito en nuestro Código Penal.
En algunas paralizaciones, quienes protestaron no lo hicieron pacíficamente y respetando el derecho de los ciudadanos de transitar libremente por el territorio nacional, pues impidieron dicha libertad de tránsito, colocando e incendiando llantas en algunas vías públicas e incluso ejerciendo actos de fuerza contra quienes transitaban en tales vías, sean peatones o sean pasajeros de vehículos públicos y privados. Lo que no se sabe es si las fuerzas del orden y las autoridades competentes identificaron a los revoltosos e infractores para ser denunciados por el Ministerio Público y procesados penalmente ante el Poder Judicial. Esto es algo que se debería aclarar desde el Gobierno central. Con las acciones de fuerza se destruyó la legitimidad de la paralización.
Ahora ante el anuncio de la inauguración del Puerto de Chancay, y de la Asamblea de APEC que se realizará en nuestro país, los mismos dirigentes transportistas, a los que se han unido otros gremios, han anunciado nuevas paralizaciones que coincidirán con los importantes eventos mencionados, lo que es una amenaza incalificable pues le hará mucho daño a nuestro país.
Pero el tema es aún peor, pues los organizadores de los paros han anunciado la ampliación de su llamada “plataforma de lucha” agregando como motivación de la protesta por la falta de efectividad gubernamental en la lucha contra la delincuencia, la pretensión para que sea vacada la presidenta de la República, disuelto el Congreso y que se convoque adelanto de elecciones. También se han anunciado acciones contra quienes no se sumen al paro, lo que indiscutiblemente es atentatorio de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución como la integridad física de las personas (artículo 2.1), gozar de un ambiente equilibrado (artículo 2.22), derecho al bienestar personal (artículo 2.1), derecho a la seguridad personal (artículo 2.24), derecho al tránsito (artículo 2.11) y derecho a la tranquilidad (artículo 2.22) entre muchos otros.
En caso de que existan en dichas paralizaciones actos de fuerza y violencia contra otras personas que nada tienen que ver con la paralización, o se interrumpa el tránsito en las vías de comunicación, o que se realicen actos vandálicos, todo ello está tipificado como delitos contra los medios de transporte, comunicación y otros servicios públicos en el Código Penal (artículo 280 y siguientes) y delitos contra la paz pública (artículo 315 y siguientes del mismo Código).
No hay que olvidar además, que para algunas localidades se ha decretado el estado de emergencia, en que por lo general se suspende el ejercicio de algunos derechos, como es la libertad de reunión y de tránsito (artículo 137 de la Constitución), lo que también transgredirían los que se sumen al paro previsto.
Debemos recordar que así no se hayan materializado los delitos anunciados, ya se ha cometido delito con los anuncios, que no son otra cosa que la tentativa prevista también en el Código Penal (artículo 16 y siguientes). En vista de ello, no hay motivo para esperar la perpetración del delito mayor, pues el solo anuncio ya es tentativa, por lo cual la Procuraduría General de la República debería hacer de inmediato la denuncia ante el Ministerio Público, y este gestionar la detención de los dirigentes gremiales y otros activistas que están promoviendo las acciones delincuenciales.