Nicanor Boluarte no asiste a audiencia y está no habido
CITA JUDICIAL ES SOBRE PEDIDO DE PRISIÓN PREVENTIVA DE 36 MESES
El juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada informó lo expresado por la defensa de ambos investigados y los motivos de su rechazo. Nicanor Boluarte no asiste a audiencia y permanece incomunicado.
A horas de dar su decisión sobre la solicitud de 36 meses de prisión preventiva contra varios implicados en el caso conocido como ‘Waykis en la sombra’, el juez Richard Concepción Carhuancho, del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada (CSNJPE), dio lectura a la articulación de las defensas técnicas de Nicanor Boluarte y Jorge Ortiz Marreros, las cuales desestimó en todos sus extremos.
Luego de referirse a los delitos imputados, el juez se refirió a los cinco argumentos presentados por el abogado del hermano de la presidenta Dina Boluarte, Luis Vivanco, quien, durante la audiencia, reveló que no ha logrado comunicarse con su defendido. “La defensa técnica señala que las declaraciones prestadas por Teodoro Berru Zurita y Víctor Torres Merino no deben ser tenidas en cuenta porque no han sido corroboradas”, mencionó Concepción Carhuancho.
Al respecto, indicó que desestimaría lo solicitado dado que los relatos de ambos son creíbles, por cuanto han narrado con amplio nivel de detalle aspectos sustanciales referentes al hecho de que Boluarte Zegarra habría decidido crear un partido político instrumentalizando a prefectos y subprefectos, obligándolos al llenado de fichas partidarias, y que se han corroborado con distintos elementos de convicción. “Incluso, se ha notado que en caso no se alineaban a sus cometidos eran cesados”, acotó.
El segundo motivo expresado por la defensa es que no existía comunicación entre Ortiz Marreros y Nicanor Boluarte, hecho que también fue rechazado, ya que “se ha notado en la declaración prestada por Berrú que presenció la comunicación entre ambos, pero no solo eso; sino que la mayoría de directivas de Boluarte para con Ortiz Marreros lo hacía a través de Torres Merino, algo que ha sido relatado por él y corroborado con el flujo de comunicaciones”.
Sobre que la defensa señala que no debe darse confiabilidad a la evidencia digital, obtenida por fuente abierta, también se descartó porque la información extraída ha sido corroborable con otros elementos de convicción. Por ejemplo, que coincide con los números telefónicos de interlocutores.
En relación con el cuarto argumento, en el que la defensa señaló que la asunción y permanencia en el cargo no es una ventaja, “ya hemos respondido ampliamente que el beneficio o la ventaja propia del delito de cohecho no necesariamente se circunscribe al carácter patrimonial y sobre eso existe doctrina y jurisprudencia de la Corte Suprema”, mencionó el juez.
“Se concluye sospecha grave sobre los delitos que se le atribuyen a Boluarte como a Jorge Luis Ortiz Marreros. En el caso de Nicanor existe alta probabilidad sobre su participación en organización criminal, tráfico de influencias y cohecho activo genérico; mientras que a Ortiz se le atribuye organización criminal y cohecho pasivo impropio”, culminó.