TC ordenó al PJ evaluar amparo de Ollanta Humala para archivar juicio

El Tribunal Constitucional ordenó al Poder Judicial que evalúe una demanda de amparo que presentó el exmandatario Ollanta Humala para que se archive el proceso penal que afronta por presuntos aportes irregulares provenientes de Venezuela y de las empresas brasileñas Odebrecht y O.A.S para financiar sus campañas presidenciales de los años 2006 y 2011.
El máximo intérprete de nuestra carta magna adoptó esta medida al declarar nulas las resoluciones emitidas por el Tercer Juzgado Constitucional Transitorio de Lima, el 1 de julio del 2020 y la Primera Sala Constitucional de Lima, el 20 de noviembre del 2021, en las que se había declarado improcedente está demanda de amparo, en primera y segunda instancia, a nivel del Poder Judicial, respectivamente.
Mediante una resolución emitida el último 22 de enero, el Tribunal Constitucional ordena «la admisión a trámite de la demanda en la primera instancia del Poder Judicial«, a fin de que se emita un pronunciamiento al respecto.
El Tribunal Constitucional adoptó esta medida en atención a que el Nuevo Código Procesal Constitucional, que entró en vigor el 24 de julio del 2021, establece en su artículo 6, que no cabe el rechazo liminar de una demanda en procesos constitucionales de habeas corpus, amparo, habeas data y de cumplimiento y agrega que en la Primera Disposición Complementaria de dicho código se establece que las nuevas normas procesales son de aplicación inmediata, incluso a los procesos en trámite.
«En tal sentido, si bien el Nuevo Código Procesal Constitucional no se encontraba vigente cuando el juez de primera instancia decidió rechazar preliminarmente la demanda, sí lo estaba cuando la Sala Superior competente absolvió el grado. Por tanto, no correspondía que la sala revisora confirme la decisión de primer grado, sino que, por el contrario, debió declarar su nulidad y ordenar la admisión a trámite de la demanda», precisa el máximo intérprete de nuestra carta magna en su resolución.