Hallan irregularidades en concurso público

INFORMA CONTRALORÍA EN MOQUEGUA

Organismo de control alertó que comité de selección realizó la integración de bases sin cumplir las disposiciones comunicadas por el OSCE y otorgó la buena pro a postor que no acreditó los requisitos de calificación.

El Órgano de control Institucional del Gobierno Regional de Moquegua encontró irregularidades en el proceso de elección del concurso público N° 001-2023 GRM/GSRSC para la contratación de servicio de suministro e instalación de falso puente a todo costo, para el proyecto “Mejoramiento de la carretera MO-100 que va desde el puente el Chorro al distrito de Quinistaquillas”, en la provincia Sánchez Cerro.

En el informe de Acción de Oficio Posterior a la Gerencia Sub Regional de General de Sánchez Cerro, el ente de control advierte que el comité de selección no adecuó las bases integradas a las bases estandarizadas, incumpliendo el inciso 47.3 del Reglamento de la Ley de Contrataciones.

Asimismo, no se cumplió con lo dispuesto por la Subdirección de Procesamiento de Riesgos del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, contraviniendo lo dispuesto en la segunda disposición complementaria final del Reglamento de la ley de contrataciones

Durante la etapa de calificación, el comité de selección otorgó la buena pro a Tesucsa Empresa Individual de Responsabilidad Limitada por el monto de S/ 439 500. Esta decisión se adoptó a pesar que este postor no acreditó el cumplimiento de los requisitos de calificación solicitados en los términos de referencia y establecidos como reglas definitivas en las bases integradas, en relación a la experiencia para el responsable del servicio y para el ingeniero especialista.

La Contraloría advirtió que esta situación afectó la legalidad de las contrataciones públicas.

El informe fue remitido a la gobernadora regional de Moquegua, Gilia Gutiérrez Ayala, a quien le recomendaron adoptar las acciones que correspondan en el marco de sus competencias a fin de atender o superar los hechos con indicios de irregularidad, como resultados de la acción de oficio posterior, y de ser el caso, disponer el deslinde de responsabilidades que corresponden.

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