Fiscalía ordena archivar caso de la muerte de 27 mineros en Yanaquihua

EXPLOSIÓN OCURRIÓ EN EL 2023

El Ministerio Público pide archivar la investigación por la muerte de 27 trabajadores en el incendio ocurrido el 6 de mayo de 2023 en la mina Esperanza I, operada por la empresa minera Yanaquihua SAC, ubicada en la provincia de Condesuyos, región Arequipa, reveló el portal Convoca.pe.

Los mineros fallecidos eran empleados tercerizados de la contratista Sermigold y murieron asfixiados por gases tóxicos sin lograr salir del socavón.

La investigación estaba a cargo del fiscal provincial de Condesuyos, Giovanni Matos, quien ahora sostiene que no existen responsabilidades penales ni de parte de la minera ni de la contratista.

El fiscal ha planteado una nueva tesis: que los propios trabajadores se “autoimpusieron en peligro” al permanecer dentro de la mina a pesar de conocer los riesgos. Con este argumento, ha solicitado al Poder Judicial el sobreseimiento del caso, lo que implicaría su archivamiento definitivo.

En su requerimiento, al que accedió el portal Convoca.pe, Matos asegura que no se halló una infracción deliberada de las normas de seguridad por parte de los cuatro investigados: William Carpio Cárdenas (administrador de Yanaquihua), Mario Pérez Anaya (jefe de mina), Josmel Carli Vilca (jefe de seguridad) y Leandro Tito Huamani Urday (gerente de Sermigold).

Todos fueron señalados inicialmente como responsables por omitir medidas básicas de seguridad, como la falta de supervisores durante el turno nocturno.

La tesis inicial del Ministerio Público se basaba en el artículo 168-A del Código Penal, que sanciona a quienes, al incumplir normas de seguridad y salud en el trabajo, provocan la muerte de un trabajador.

No obstante, con el paso de los meses, la línea de investigación cambió. En su lugar, el fiscal Matos adoptó el argumento de que los trabajadores actuaron bajo su propia voluntad, lo que, a su criterio, excluye la existencia de un delito.

En Yanaquihua se registró uno de las mayores tragedias laborales.

Para sustentar esta versión, el fiscal toma como principal testigo a Roberto Quispe Monroy, trabajador de Sermigold que sobrevivió al incendio. En su testimonio, Quispe relató que, mientras descendía hacia la galería 475, su medidor de gases marcó 64 partes por millón de monóxido de carbono, cuando el límite máximo permitido es de 25 ppm. Aseguró que advirtió al supervisor Apolinar Flores Meneses —quien murió en el incendio—, pero este respondió que evacuarían “ahorita”. Para el fiscal, esa respuesta muestra que los trabajadores conocían el peligro y decidieron no salir.

Sin embargo, el testimonio de Quispe también incluye una parte que el fiscal omitió en su resolución.

El trabajador señaló que, tras detectar el gas, se comunicó con el vigilante de la superficie utilizando el teléfono de emergencia, y este le informó erróneamente que el incendio estaba controlado y que personal de mantenimiento ya lo estaba atendiendo. Esta contraorden desde la superficie generó confusión y retrasó la evacuación de los trabajadores.

Este detalle coincide con el informe n.° 002-2023 de la Gerencia Regional de Energía y Minas (GREM) de Arequipa, que concluyó que una “confusión de órdenes” llevó a que el supervisor Flores Meneses eligiera una ruta de evacuación por la mina Esperanza II, por donde también se desplazaban gases tóxicos.

Además, el informe técnico identificó graves deficiencias estructurales: ausencia de procedimientos de evacuación, señalización inadecuada, falta de mapas de riesgo, delegación indebida de funciones y ausencia de simulacros.

Otros trabajadores entrevistados por la GREM señalaron que no existía una buena comunicación con el personal en superficie y que había deficiencias en las señalizaciones y los circuitos de ventilación. Uno de ellos recomendó, incluso, que se implementara una mejor comunicación con los vigilantes, conocidos como «guachimanes», y que se realizaran simulacros de emergencia.

La información técnica que documenta responsabilidades estructurales por parte de las empresas no fue considerada por el fiscal Matos en su solicitud de sobreseimiento. En su lugar, sostiene que las decisiones individuales de los trabajadores fueron determinantes en el desenlace fatal, excluyendo así cualquier imputación penal contra los representantes de Yanaquihua y Sermigold.

La jueza, María del Carmen Rendón Vigil, ha convocado a una audiencia este jueves 17 de julio para evaluar el pedido del fiscal. De aceptarlo, el caso quedará archivado definitivamente sin que ninguna persona o empresa enfrente cargos penales por la muerte de los 27 trabajadores.

Mientras tanto, Convoca.pe confirmó que los familiares de las víctimas llegaron a acuerdos extrajudiciales con Yanaquihua SAC y Sermigold. A cambio de compensaciones económicas, firmaron cláusulas de confidencialidad y compromisos para no presentar denuncias contra las compañías. Este patrón de resolver tragedias laborales mediante transacciones privadas sin sanciones penales se ha repetido en otros casos similares en el sector minero peruano.

Fiscalía omitió hallazgos del informe técnico del GREM.

La fiscalía ha evitado responder preguntas sobre por qué omitió los hallazgos del informe técnico de la GREM o partes clave del testimonio de su testigo principal. A través del área de imagen del Distrito Fiscal de Arequipa, se informó que no responderían el cuestionario enviado por Convoca.pe, alegando que “podría afectar la reserva de la investigación”. También señalaron que el fiscal Matos es autónomo en sus decisiones y que las partes tienen derecho a apelar.

El futuro de esta investigación, que involucra a una minera que ha exportado más de 400 millones de dólares en oro, está ahora en manos del Poder Judicial. La decisión de la jueza determinará si una de las mayores tragedias laborales de los últimos años en el país queda impune.

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