JEE de Pacasmayo: Rospigliosi y otros en infracción electoral
Presidente del Congreso, Fernando Rospigliosi.
El Jurado Electoral Especial (JEE) de Pacasmayo resolvió que el presidente del Congreso, Fernando Rospigliosi y dos funcionarios y servidores parlamentarios incurrieron en infracción al deber de neutralidad en el marco de las Elecciones Generales 2026.
La Resolución N° 00133-2025-JEE-PCYO/JNE, emitida el último 13 de noviembre, cerró un expediente iniciado por la presunta infracción a las normas que regulan la neutralidad estatal en periodo electoral debido al uso indebido de bienes públicos a favor de la organización política Fuerza Popular.
El caso se originó el 30 de octubre de 2025, cuando se utilizó una videocámara institucional del Congreso en el evento político realizado en Huanchaco, Trujillo, donde la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, anunció su postulación como precandidata a la presidencia del Perú.
El JEE determinó que la conducta sancionable se configura como practicar actos de cualquier naturaleza que favorezcan o perjudiquen a determinada organización política o candidato, tipificada en el subnumeral 32.1.2, numeral 32.1, del artículo 32° del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral.
La resolución del JEE de Pacasmayo halló responsables a tres personas, cuya participación se diferenció entre acción directa y omisión funcional.
En el caso de Fernando Rospigliosi, se le halló responsable por conducta omisiva. La resolución indica que, como máxima autoridad administrativa, tenía el deber ineludible de cautelar el patrimonio estatal y garantizar que ningún recurso bajo el ámbito de su competencia fuera usado con fines proselitistas.
La resolución señala que su omisión en establecer controles efectivos constituyó el factor causal que permitió que un bien del Congreso fuera puesto al servicio de una organización política. Además, el JEE da cuenta de que Rospigliosi es afiliado de la organización política Fuerza Popular.
Respecto a Jaime Abensur Pinasco, director general parlamentario, la resolución lo halló responsable por omisión funcional al estar encargado de la Oficialía Mayor el día de los hechos. Al asumir la suplencia de la Oficialía Mayor, adquirió la responsabilidad jerárquica, administrativa sobre el funcionamiento de las dependencias y la correcta custodia del patrimonio del pliego.
Su omisión a sus funciones se manifiesta en la ausencia de un control efectivo y activo que impidiera la salida y uso proselitista de dicho bien, indica el documento. Además, señala que el señor Abensur Pinasco también es afiliado a la organización política Fuerza Popular.
