El 3 de marzo inicia el juicio contra Fernando Rospigliosi por difamación

El próximo 3 de marzo, a las 2:00 p. m., se iniciará el juicio oral contra el presidente encargado del Congreso, Fernando Rospigliosi, acusado del delito de difamación agravada en agravio de la exfiscal de la Nación, Delia Espinoza. El proceso será conducido por un Juzgado Unipersonal de la Corte Suprema y se desarrollará de manera virtual.

La querella fue presentada por Espinoza luego de que Rospigliosi la calificara públicamente como “aliada del terrorismo y de las economías ilegales” sin presentar pruebas, tras unas reuniones que la exfiscal sostuvo con familiares de las víctimas de las protestas de diciembre de 2022 y comienzos de 2023.

El tribunal ha dispuesto que el congresista de Fuerza Popular deberá conectarse obligatoriamente a la audiencia; de no hacerlo, será declarado reo contumaz y la Policía Nacional del Perú podrá conducirlo por la fuerza. También fue citado su abogado Humberto Abanto, bajo apercibimiento de ser reemplazado por un defensor público si no asiste.

Espinoza solicita una condena de dos años y cuatro meses de prisión y el pago de un millón de soles por reparación civil, monto que anunció destinaría al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas.

Una eventual sentencia condenatoria pondría en riesgo la candidatura de Rospigliosi al Senado, ya que el artículo 34-A de la Constitución impide postular a cargos públicos a quienes tengan una condena en primera instancia por delitos dolosos.

El caso recuerda al de la congresista Ana Zegarra, excluida por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) por tener una sentencia vigente por falsa declaración, pese a no estar firme.

La polémica se inició el 7 de julio de 2025, cuando Rospigliosi publicó en la red social X (antes Twitter) un mensaje acusando a Espinoza de respaldar a presuntos terroristas. La exfiscal le envió una carta notarial exigiendo retractarse en 24 horas; sin embargo, el legislador reafirmó sus declaraciones señalando: “Esa es mi opinión y no tengo por qué retractarme”.

El juicio determinará si las expresiones del parlamentario constituyen un ejercicio de opinión política o un acto de difamación punible.

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