Candidatos deben tramitar permiso municipal para realizar actividades en el Centro Histórico
Las infracciones alcanzan los S/ 5 500 de multa.
Redacción Diario El Pueblo
Pese a que el alcalde Víctor Hugo Rivera afirmó que hay que ser “flexibles” con los candidatos en época electoral, su gerente del Centro Histórico y Zona Monumental, Gabriel Damiani, sostuvo firmemente este martes que las normas están para cumplirse, así que cualquier candidato que quiera realizar una actividad pública dentro del marco patrimonial deberá contar la debida autorización de la gerencia nombrada.
“Lo que se tiene que hacer es tramitar, qué se va hacer, por cuánto tiempo, de tal sitio a tal sitio; los lineamientos y en base a eso se toma una decisión por nuestra parte. Y no lo digo yo, es lo que dicen las normas. Hasta dónde yo entiendo a la fecha ningún candidato a pedido permiso para nada respecto a los espacios públicos del Centro Histórico”, puntualizó tras consultarle sobre la “flexibilidad” dada a conocer por Rivera Chávez.
Recordemos que el burgomaestre provincial declaró lo siguiente acerca de algunas actividades políticas ya realizadas en el Centro Histórico:
“Hay que ser elásticos para el desarrollo de actividades políticas; democráticos, mientras no hagan daños y no se detengan extremadamente en tiempos, generando congestión en el Centro, hay que ser flexibles”, minimizando así las leyes de la institución que lidera.
NORMAS
Según la Ordenanza Municipal N° 1124, los partidos políticos dentro del Centro Histórico y su Área de Amortiguamiento tienen prohibido:
-Usar espacios de la Municipalidad Provincial de Arequipa, colegios públicos o privados e iglesias.
-Utilizar inmuebles de propiedad del Estado y de particulares declarados patrimonio monumental.
-Emplear pintura sin autorización en las calzadas, puentes, muros de predios públicos, postes de alumbrado público, entre otros elementos del mobiliario urbano.
-Pegar afiches, panfletos, otras imágenes y escritos en espacios públicos.
-Obstaculizar la visibilidad de Monumentos, esculturas, otras fuentes monumentales, así como del entorno patrimonial.
-Realizar pasacalles, caravanas y otro tipo de desplazamientos grupales sin autorización.
SANCIONES, según la Ordenanza Municipal N° 378 y la N° 1363.
-Fijar propaganda electoral en propiedad pública o privada se multa con el 100% de la UIT (S/ 5 500)
-Realizar pintas en propiedad pública o privada se sanciona con 2 UIT (S/ 11 mil).
-Colocar bambalinas sin autorización se le impone una multa del 10% de la UIT (S/ 550).
-No retirar o borrar propaganda electoral 60 días posteriores a las Elecciones se multa con el 100% de la UIT (S/ 5 500).
-Todo espectáculo público en el Centro Histórico sin autorización municipal se le impone una multa del 100% de la UIT (S/ 5 500).
-Destruir áreas verdes o mobiliario urbano se sanciona con 17.31% de la UIT (S/ 952.05)
DATO
La gerencia provincial del Centro Histórico y Zona Monumental no tiene la facultad de fiscalizar y abrir procesos administrativos sancionadores. Esto le compete a sus homologas de Administración Tributaria y Servicios a la Ciudadanía.
