Conductores ya pueden pagar multas con 90% de descuento
Los conductores de Arequipa comenzaron a acceder al descuento del 90% en determinadas multas de tránsito y transporte terrestre ante la Municipalidad Provincial de Arequipa, según informó Adolfo Paco, representante de la Cámara de Empresas de Taxis de la Región Arequipa (CETARA). El dirigente indicó que el sistema municipal quedó habilitado para calcular la rebaja y recibir los pagos.
El beneficio fue establecido mediante el Decreto Supremo N.° 017-2026-MTC, publicado el 25 de agosto. La disposición aprobó un régimen excepcional de pago para sanciones de tránsito y transporte terrestre. Su alcance comprende infracciones contempladas en los reglamentos nacionales y en las ordenanzas provinciales, con exclusiones expresas.
Paco explicó que los interesados debían acudir a las ventanillas de papeletas y solicitar su récord de conductor. Según señaló, el documento ya muestra el monto de la deuda con el descuento correspondiente y permite pasar directamente a caja para cancelar el importe reducido, no es necesario presentar una solicitud adicional en los casos ordinarios.
Sin embargo, el procedimiento contempló una condición para las multas impugnadas: presentar el desistimiento del recurso administrativo.
La rebaja no comprendió todas las papeletas. Quedaron excluidos los códigos M1, M2, M3, M4, M20c, M27, M28, M37, M38 y M39. Entre estas infracciones figuran conducir bajo efectos del alcohol o drogas, manejar sin licencia, circular sin SOAT vigente y ocasionar accidentes con daños personales por incumplir las normas de tránsito.
En materia de transporte, las exclusiones también alcanzaron los códigos F1, F7 y T3 del reglamento nacional. Estos correspondieron a prestar el servicio sin autorización, atentar contra la integridad física del inspector y operar infraestructura complementaria sin certificado de habilitación técnica, respectivamente.
El régimen incorporó además efectos sobre el historial del conductor. Los procedimientos concluidos y archivados mediante este mecanismo no generarán ni mantendrán acumulación de puntos en la licencia, ni serán computados para determinar reincidencia o habitualidad. Este alcance corresponde a las sanciones acogidas al beneficio.
La norma fijó una vigencia de 90 días calendario para las multas de tránsito y de 180 días calendario para las de transporte. Paco destacó que podían acogerse tanto taxistas como conductores particulares y pidió revisar las deudas dentro del plazo correspondiente.
El beneficio también comprendió multas en trámite, firmes o en ejecución coactiva. Una vez efectuado el pago reducido, la entidad competente deberá concluir y archivar el procedimiento respectivo, incluidos, cuando corresponda, los gastos y costas de cobranza. La regularización, por tanto, deberá reflejarse también en el cierre del expediente.
