Disciplina policial sin impunidad
Por Carlos Meneses
La cifra obliga a mirar más allá de los expedientes. Durante 2026, la Inspectoría de la Policía Nacional investigó a 735 efectivos en Arequipa por presuntas infracciones relacionadas con su conducta y el cumplimiento del servicio. De ellos, 138 recibieron sanciones en primera instancia, mientras que más de diez sanciones quedaron consentidas y cinco policías fueron pasados al retiro.
Los números no significan, por sí mismos, que exista una crisis generalizada dentro de la institución. Pero sí revelan la necesidad de mantener mecanismos de control firmes, oportunos y transparentes sobre quienes tienen la responsabilidad de garantizar la seguridad de la población.
Una Policía eficaz no puede exigir respeto a la ley mientras algunos de sus integrantes se apartan de las obligaciones que su uniforme les impone. La disciplina no debe entenderse como un mecanismo de persecución, sino como una garantía para la propia institución y, principalmente, para los ciudadanos.
Uno de los aspectos más preocupantes es el impacto operativo de las sanciones. Cuando un agente es separado definitivamente, la plaza que deja no necesariamente es cubierta de inmediato. En una región donde las comisarías ya afrontan limitaciones de personal, cada efectivo menos puede representar una mayor carga para quienes permanecen en servicio.
El caso de los nueve policías de la Comisaría de Cerro Colorado debe ser tratado con especial rigurosidad. Inspectoría inició un procedimiento porque los agentes no habrían sido encontrados en sus puestos durante su jornada. Se ha mencionado incluso un posible desplazamiento a un campo deportivo y consumo de bebidas alcohólicas, pero este último extremo no fue acreditado mediante dosaje etílico. Corresponde, por tanto, investigar y esperar los descargos antes de establecer responsabilidades.
Igualmente, debe esclarecerse el caso del integrante del Grupo Terna investigado por el presunto uso de una motocicleta institucional para trasladar a su pareja. Si se confirma que un bien público fue utilizado para fines particulares, deberán aplicarse las consecuencias administrativas y, de corresponder, legales. Si no se acredita la imputación, también debe quedar claramente establecido.
La disciplina policial requiere equilibrio: ni impunidad ni condenas anticipadas. Cada expediente debe respetar el debido proceso, el derecho de defensa y la presunción de inocencia, pero esos principios tampoco pueden convertirse en excusas para prolongar indefinidamente investigaciones o dejar sin respuesta hechos que afectan la imagen institucional.
La ciudadanía necesita saber que las faltas se investigan, que las responsabilidades se determinan con pruebas y que las sanciones efectivas se cumplen. También necesita conocer cuántos casos terminan archivados y por qué.
El verdadero control disciplinario no se mide únicamente por cuántos policías son investigados o sancionados. Se mide por la capacidad de la institución para corregir conductas, prevenir reincidencias y garantizar que el uniforme represente, ante todo, servicio, responsabilidad y respeto a la ley.
