Quienes aspiran a gobernar Arequipa deben ser los primeros en cumplir la ley

Dar el ejemplo es una obligación de los candidatos.

MULTAS HASTA 100 UIT POR PROPAGANDA PROHIBIDA

A pocas horas de las Elecciones Regionales y Municipales (ERM) 2026, la propaganda electoral volvió a convertirse en un problema visible en las calles de Arequipa. Millares de banners, pósteres, gigantografías y pintas fueron retirados durante los operativos de fiscalización desplegados en distintos puntos de la región, especialmente en los alrededores de los locales de votación.

La pregunta que queda planteada es cuántos candidatos y organizaciones políticas terminarán siendo sancionados por incumplir las reglas. Quienes aspiran a ocupar un cargo público están llamados, antes que nadie, a dar el ejemplo y respetar las normas electorales.

Los operativos se realizaron el sábado 3 de octubre, en la víspera de los comicios, con participación de personal de la Policía Nacional, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y municipalidades distritales. Los equipos recorrieron las inmediaciones de los 497 centros de votación habilitados en la región Arequipa, con el objetivo de retirar publicidad electoral instalada en la vía pública y evitar que permaneciera visible durante la jornada de hoy.

PROPAGANDA PROHIBIDA

El artículo 190 de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley N.° 26859, establece que toda propaganda política queda suspendida desde la mañana del sábado, 24 horas antes de la jornada electoral. Esta disposición busca garantizar que los electores puedan acudir a las urnas sin recibir mensajes de campaña durante el periodo de silencio electoral.

La prohibición también está desarrollada en el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado mediante la Resolución N.° 0844-2025-JNE.

La norma considera infracción realizar cualquier tipo de propaganda electoral durante este periodo. Por ello, los candidatos y agrupaciones que mantengan publicidad visible en las calles pueden ser objeto de acciones de fiscalización y sanción.

En Arequipa, los operativos permitieron encontrar propaganda instalada en diferentes espacios públicos y privados. Los trabajadores encargados de la limpieza electoral retiraron banners colocados en postes, afiches pegados en fachadas, gigantografías y otros elementos de promoción política.

También se procedió a cubrir o eliminar pintas de agrupaciones políticas realizadas en muros y otros espacios.

NO TODO VALE EN CAMPAÑA

Las reglas electorales no solamente establecen cuándo está prohibida la propaganda. También determinan dónde puede colocarse.

Está prohibido realizar pintas o colocar carteles en las calzadas y utilizar muros de predios públicos para fines de propaganda política. En el caso de inmuebles privados, los candidatos y organizaciones deben contar con autorización escrita del propietario.

Tampoco está permitida la instalación de propaganda en postes destinados al servicio de alumbrado público.

Estas restricciones buscan evitar que la competencia electoral termine convirtiendo las calles en espacios de publicidad sin control. En una ciudad como Arequipa, donde la infraestructura urbana ya enfrenta problemas de mantenimiento y contaminación visual, la colocación indiscriminada de propaganda genera además costos para retirar y limpiar los espacios afectados.

A ello se suman las competencias de las municipalidades, que pueden establecer mediante ordenanzas disposiciones sobre la ubicación, instalación y retiro de propaganda electoral dentro de sus respectivas jurisdicciones.

Personal contratado por el JNE retiró los paneles instalados cerca de los locales de votación.

MULTAS DE HASTA 100 UIT

El incumplimiento de las normas no es solamente una cuestión de orden urbano. Puede tener consecuencias económicas para las organizaciones políticas.

La infracción relacionada con la prohibición de propaganda durante las 24 horas previas a los comicios puede generar multas de entre 30 y 100 UIT, además del retiro de la publicidad.

Considerando el valor de la UIT vigente para 2026, el monto de la sanción puede representar una cantidad significativa para cualquier organización política. En el extremo máximo, una multa de 100 UIT supone una obligación económica considerable, a lo que debe agregarse el costo de retirar la publicidad instalada irregularmente.

Por ello, la fiscalización de ayer no debería limitarse a recoger banners o cubrir pintas. También corresponde identificar a las organizaciones responsables y determinar si existe mérito para iniciar los procedimientos sancionadores correspondientes.

La ciudadanía tiene derecho a conocer cuántos candidatos fueron detectados infringiendo las reglas, qué organizaciones representan, en qué lugares se encontró la propaganda y qué sanciones se aplicarán.

CANDIDATOS DEBEN DAR EL EJEMPLO

La discusión adquiere mayor importancia cuando se trata de candidatos que pretenden convertirse en autoridades regionales o municipales.

Quienes buscan administrar recursos públicos, aprobar ordenanzas, hacer cumplir las normas y dirigir instituciones del Estado no pueden considerar las reglas electorales como simples recomendaciones.

El respeto a las disposiciones electorales debería comenzar durante la propia campaña.

Si un candidato coloca propaganda donde está prohibido, mantiene publicidad durante el silencio electoral o permite que sus equipos incumplan las normas, corresponde que las autoridades electorales determinen las responsabilidades que correspondan. No se trata de establecer una sanción política, sino de aplicar las reglas que rigen por igual para todos los participantes.

En ese sentido, la fiscalización debe ser igual. No debería importar si se trata de una organización grande, pequeña, con mayores recursos económicos o con una estructura electoral reducida.

La norma debe aplicarse de la misma manera.

JNE debe transparentar los nombres de las agrupaciones políticas que incumplieron las normas electorales.

LIMPIAR LA CIUDAD NO ES SUFICIENTE

El retiro de millares de piezas publicitarias representa una primera respuesta frente a las infracciones, pero no resuelve el problema de fondo.

Si cada elección obliga a las municipalidades y a otras entidades a desplegar personal para retirar toneladas de propaganda, la pregunta es quién asume finalmente los costos de esa limpieza.

Los recursos públicos destinados a fiscalización, retiro y recuperación de espacios urbanos podrían utilizarse en otras necesidades de la población. Por ello, resulta razonable exigir que las organizaciones políticas respondan por las infracciones que sus candidatos y equipos cometen.

La campaña electoral debería terminar también con una evaluación de la conducta de los participantes.

No basta con presentar propuestas sobre seguridad, limpieza pública, transparencia, infraestructura o eficiencia administrativa. El primer examen de una futura autoridad es cumplir las reglas mientras busca ser elegida.

¿CUÁNTOS FUERON IDENTIFICADOS?

La jornada del 3 de octubre deja una tarea pendiente para las autoridades electorales: precisar el número de candidatos y organizaciones políticas que fueron identificados por propaganda prohibida en Arequipa.

También corresponde informar cuántos casos serán derivados a los Jurados Electorales Especiales, cuántos procedimientos sancionadores se iniciarán y cuál será el monto de las multas impuestas.

La transparencia en esta información es fundamental. Si las reglas contemplan sanciones de 30 a 100 UIT, la ciudadanía tiene derecho a saber quiénes fueron infractores y qué consecuencias tendrán sus actos.

Las elecciones no terminan cuando se cierran las mesas de votación. También dejan un registro de cómo actuaron quienes participaron en ellas.

En una región que elegirá nuevas autoridades para los gobiernos regional y municipales, el respeto de las normas electorales debería ser parte de la carta de presentación de cada candidato.

Dejanos un comentario

Your email address will not be published. Required fields are marked with *.