El DERECHO DE INFORMACIÓN EN LOS SERVICIOS INMOBILIARIOS

Comprar un inmueble, es una excelente inversión, que durante todo el proceso de compraventa, requiere contar con la información necesaria para tomar una adecuada decisión de compra.

¿A quién se considera proveedor del servicio inmobiliario?

-Será considerado un proveedor inmobiliario, quien se dedique a la venta de inmuebles de manera habitual y con la finalidad de permanecer en el mercado inmobiliario, sin importar si se trata de una persona natural o jurídica.

En el proceso de compra de un bien inmobiliario. ¿Qué etapas hay que tener en cuenta para exigir información?

-El proceso de compra de inmuebles comprende las etapas en las que el consumidor y proveedor se relacionan, y abarca desde el momento en el que el consumidor toma conocimiento de los productos y servicios ofrecidos por el proveedor, hasta el momento en el que se cumplen todos los ofrecimientos y acuerdos relacionados con la compra, pudiendo diferenciar 3 momentos importantes:

  • Antes del proceso de compra: publicidad y solicitud de información.
  • Durante el proceso de compra: contratación y pagos.
  • Entrega del bien.

¿Qué información mínima se debe recibir antes del proceso de compra?

-El proveedor inmobiliario debe establecer e implementar medidas para que el consumidor acceda fácilmente y de manera gratuita, como mínimo, a la siguiente información:

  • Identificación de proveedor inmobiliario.
  • Información sobre el inmueble.
  • Información relacionada con la operación de compraventa.

¿Qué información sobre la identificación del proveedor se debe recibir?

  • Si el proveedor es una persona natural, debe brindar su número de DNI o RUC.
  • Si el proveedor es persona jurídica: partida registral de la persona jurídica, nombres de los representantes legales y sus vigencias de poder debidamente inscritas y RUC.
  • En ambos casos, el proveedor debe proporcionar un teléfono de contacto, correo electrónico o página web, los cuales deben encontrarse activos y si hay alguna variación debe comunicarse al consumidor.
  • Los antecedentes del proveedor y su comportamiento en el mercado de productos y servicios inmobiliarios, para tal efecto, debe implementar medidas para que el consumidor conozca la existencia de la Central de Información de Promotores Inmobiliarios y Empresas Constructoras de Unidades Inmobiliarias y del portal “Mira a Quién le Compras”.

¿Qué información se debe recibir sobre el inmueble?

-Como mínimo se debe recibir la siguiente información:

  • La descripción del inmueble, cantidad de unidades inmobiliarias y sus características relevantes, tales como; área exclusiva y común, medidas perimétricas, acabados del inmueble, entre otras.
  • La condición sismorresistente del inmueble que se oferta, presentándose la documentación que lo acredite, de ser solicitado por el consumidor
  • La partida registral del inmueble en caso de bienes inscritos, o el título que acredite que el proveedor es el propietario del inmueble, en caso de bienes no inscritos.
  • El estado del proceso de habilitación urbana o de licencia de edificación, según corresponda.
  • Plano del inmueble ofertado. Si alguno de los aspectos del plano tiene únicamente carácter referencial, esto debe ser comunicado al consumidor.
  • Identificación y características del inmueble.
  • Si se trata de bienes futuros, el documento que acredite la aprobación del proyecto de habilitación urbana o el anteproyecto de arquitectura, según corresponda.
  • Si se trata de bienes terminados, copia de la hoja de resumen (HR), predio urbano (PU), acreditación de no adeudo de tributos del inmueble; y, partida registral donde conste su independización, de ser el caso.

¿Qué información se debe recibir en relación con la operación de compraventa?

En relación con la operación de compraventa, se debe recibir como mínimo, la siguiente información:

  • Vigencia de la oferta.
  • Precio de venta del inmueble ofertado, incluyendo forma de pago, la moneda, el plazo en el que el consumidor debe realizarlo, los gastos y tributos, promociones y descuentos.
  • Información sobre los canales para la atención de consultas, quejas y reclamos que pudieran ser dirigidos al proveedor, o los canales de denuncia ante las autoridades correspondientes.
  • Condiciones de la separación del inmueble, que comprende: vigencia, causales y efectos de la resolución del contrato, como el pago de gastos administrativos y penalidades.

¿Si el precio de venta del inmueble es financiado por el proveedor inmobiliario, qué información se debe recibir?

-Si el precio de venta del inmueble o parte de este es financiado por el propio proveedor inmobiliario, se debe informar de manera previa y detallada, e incluir en el contrato, una hoja resumen que contenga la siguiente información:

  • Monto de los intereses y tasas de interés aplicables, así como las cláusulas penales, en caso se establezcan en el contrato.
  • Monto y detalle de cualquier cargo adicional, en caso de existir.
  • Número de cuotas o pagos a realizar, su periodicidad y fecha de pago.
  • Los beneficios otorgados en caso el consumidor realice el pago de las cuotas en el tiempo y forma pactados.
  • La cantidad total a pagar por el inmueble, incluyendo el precio al contado, más los intereses y gastos administrativos.
  • En caso de existir garantía y avales, la explicación de sus alcances y obligaciones
  • El derecho de efectuar un pago anticipado o prepago de los saldos en forma total o parcial.
  • Cualquier otra información que resulte relevante.

¿Qué información se debe recibir durante la suscripción del contrato y pago del precio?

-El proveedor asume la obligación de redactar el contrato de compraventa en un lenguaje accesible al consumidor, que debe contener como mínimo:

  • Identificación de las partes contratantes y sus domicilios legales.
  • Identificación del inmueble materia de venta.
  • Identificación de la partida registral del inmueble o terreno.
  • Identificación del área exclusiva y común de ser el caso.
  • Precio de venta.
  • Forma de pago.
  • Plazo, fecha y condiciones expresas sobre la entrega del inmueble.
  • Penalidades por incumplimiento de las obligaciones.
  • Mecanismos para la solución de controversias.
  • La obligación del proveedor de firmar todos los documentos necesarios para perfeccionar la transferencia del inmueble.

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