“Corte Interamericana no puede vulnerar la soberanía constitucional de nuestro país”

Por Jorge Turpo Rivas

El agente del Estado peruano ante la CIDH, Jorge Cáceres Arce, sostiene que la Corte Supranacional no puede pedir que el Congreso de la República deje de legislar. La CIDH pidió al Perú que suspenda el trámite de la denominada “Ley de Amnistía”.

JORGE LUIS CÁCERES ARCE, AGENTE DEL ESTADO PERUANO

Los familiares de las víctimas de los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta acudieron a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ante la posible aprobación del Proyecto de Ley que precisa la aplicación y alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana.

Ese proyecto es denominado “Ley de Amnistía” porque podría beneficiar a quienes son procesados por haber cometido presuntos crímenes contra los derechos humanos.

La CIDH se pronunció y le indicó al Estado peruano que suspenda el trámite de la “Ley de Amnistía” hasta conocer cómo impactará en los casos de La Cantuta y Barrios Altos.

En ese contexto, el profesor de derecho constitucional, Jorge Luis Cáceres Arce, fue designado como agente del Estado peruano ante la CIDH con el objetivo de que ejerza la defensa de la soberanía constitucional del Perú ante la Corte Supranacional.

Cáceres fue convocado por el Ministerio de Justicia junto al doctor, César Pastor, para que asuman la defensa del Estado en este caso específico. Una labor que es ad honorem.

En la siguiente entrevista, Cáceres Arce, explica su posición en relación al pedido de la CIDH al Estado peruano y sobre el proyecto de ley impulsado por los congresistas Fernando Rospigliosi y José Cueto.

Cáceres ya participó en la primera audiencia en el ámbito de la CIDH y la resolución final se debe conocer antes de Fiestas Patrias.

¿Todo este problema surgió por el proyecto de ley denominado “Ley de Amnistía”?

-Sobre ese punto te puedo decir que no es un proyecto similar ni gemelo, ni tiene los genes ni ADN de la Ley de Amnistía que pretendió beneficiar al Grupo Colina en la década de 1990. No tiene esos genes.

Pero en la práctica tendría los mismos efectos.

-No, tampoco. En el Código Penal del Perú no está regulada la figura de los delitos de lesa humanidad. Hoy en el Perú no hay ningún individuo sentenciado por lesa humanidad.

Lo que no quita que haya violadores de derechos humanos.

-Correcto. Hay 24 sujetos que están privados de su libertad que han cometido homicidios graves y secuestros. Uno de ellos fue Alberto Fujimori que cumplió 17 años de cárcel de los 25 que recibió como sentencia. Luego fue indultado por PPK y luego el Tribunal Constitucional ordenó que se ejecute ese indulto.

¿Es necesario que el Código Penal diga lesa humanidad para recién considerar que hubo crímenes que violaron los derechos humanos?

-El Perú ha suscrito el Estatuto de Roma que viene del año 98 y lo incorpora a nuestro sistema jurídico en julio del 2002, en el gobierno de Alejandro Toledo. La Constitución en su artículo segundo, inciso, 24 literal “d” y la Convención Americana en el artículo 11, convención que es la fuente de la Corte Interamericana, establece que no se pueden aplicar las normas de forma retroactiva. Estos 24 sentenciados de los que hablamos han cometido los delitos antes del 2002, entre ellos está, por ejemplo: Nicolás Hermosa Ríos, excomandante general del Ejército. Estaba el general Julio Salazar Moroe, quien ya falleció. Esta norma no beneficiaría a los del Grupo Colina ni a los que cometieron los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta.

¿Al excongresista Daniel Urresti?

-Si está sentenciado, no lo beneficia.

Pero entiendo que usted no es agente peruano en la CIDH para defender el proyecto, sino para defender el Estado peruano ¿Cuál es el tema de fondo de su defensa?

-El tema de fondo es que una Corte o Tribunal Supranacional como la CIDH no puede vulnerar, violentar o quebrar la soberanía constitucional del país.

Enviados ante la CIDH cuestionan la intromisión de la CIDH en la soberanía nacional.

Pero estamos adscritos a la competencia de la CIDH.

-Sí. Pero, así como respetamos la soberanía de la Corte, ellos también deben respetar la soberanía constitucional peruana.

Ese es un argumento que siempre surge cuando se intenta sacar leyes de ese tipo: apelan al argumento de la soberanía.

-El constitucionalismo histórico radica en que tienes que respetar las instituciones, tienes que respetar la evolución de ese constitucionalismo y tienes que respetar las cláusulas pétreas y los bloques de continuidad. Tu no le puedes decir a un poder del Estado, en este caso el Poder Legislativo peruano, aunque tenga el 1% de aceptación popular, deja de cumplir una de tus competencias tutelares que es la de legislar. No le puedes decir eso. 

Pero la CIDH no le está diciendo que deje de legislar, les está diciendo que en el caso específico de derechos humanos tenga cuidado y suspendan el trámite de ese proyecto de la “Ley de Amnistía”.

-Es como decirle al Ministerio Público que deje de investigar en una materia específica o al Poder Judicial deja de sentenciar en una materia. No le puedes decir eso porque es vulnerar fueros. Es vulnerar competencias constitucionales.

Lo que busca la CIDH es advertir o garantizar que no se beneficie a presuntos criminales violadores de los derechos humanos.

-Pero no te adelantes. Es una postura ideológica.

Es un proyecto impulsado por el ahora fujimorista Fernando Rospigliosi y José Cueto.

-Yo no estoy defendiendo a Rospigliosi, yo no soy fujimorista ni lo seré y he estado en contra de su Constitución en su momento.

¿Cuál es la postura en la defensa del Estado peruano ante la CIDH?

-Los señores que han ido a defender la postura de los familiares de las víctimas de La Cantuta y Barrios Altos no me han refutado. Ahí está la grabación de la audiencia. Un argumento es que ellos señalan que en el Perú no se garantiza el control difuso ni el control concentrado, es decir que no hay confianza en los más de tres mil jueces ordinarios que tiene el Perú. Sin embargo, no hay distrito en el Perú en el cual no haya un juez de paz y no hay una provincia donde no haya un juez de primera instancia. Todos ellos ejercen control difuso. Y hay el antecedente de lo que hizo de forma valiente la doctora Antonia Saquicuray en la década de 1990 que inaplicó la Ley de Amnistía y prevaleció la norma convencional, por eso Santiago Martín Rivas (cabecilla del Grupo Colina) y su pandilla siguen presos.

¿Lo del control difuso se podría aplicar si prospera el proyecto de ley de Rospigliosi y Cueto?

-Si creen que esa norma violenta derechos humanos y pretende beneficiar a los autores de los delitos de Barrios Altos y La Cantuta, vayan al control difuso. Tienes dos mil quinientos o tres mil jueces que pueden aplicar el control difuso. Y si no te vas al Tribunal Constitucional para hacer control concentrado. Y el Fiscal de la Nación puede plantear la inconstitucionalidad de esa norma. No se puede decir que todos los jueces ordinarios están sometidos a una postura ideológica.

¿Para qué llegar a ese extremo con una norma, no cree que los posibles beneficiarios deberían enfrentar la justicia con esos jueces y ejercer su defensa?

-Para qué te adelantas, es un proyecto de ley que incluso la presidenta o el Ejecutivo la puede observar.

Si la observa lo más probable es que el Congreso lo apruebe por insistencia.

-Eso no lo sé, pero yo voy a la defensa del tema de fondo: ¿Te parece sensato que una Corte Supranacional le diga al parlamento, así tenga el 1% de aprobación, no puedes legislar? En ese plan borramos los 206 artículos de la Constitución y sólo tenemos un artículo que diga: ahora se gobierna según las encuestas. Al tacho la constitucionalidad, al tacho la institucionalidad.

La institucionalidad ya está quebrada en este gobierno.

-Un demócrata tiene que saber defender a la institucionalidad y dejando de lado los sondeos ciudadanos.

¿La opinión de la gente no importa?

-Sí interesa, pero el sondeo ciudadano, la sintonía vecinal, hay que tomarla en cuenta, pero no es definitiva.

¿La posición que defenderá ante la CIDH incluye indicar que el proyecto de “Ley de Amnistía” no beneficiará a los sentenciados por los casos de Barrios Altos y La Cantuta?

-La defensa es que se respete la soberanía constitucional del Estado peruano. Y reitero, ese proyecto de ley no tiene el ADN de la Ley de Amnistía de los 90 y no protegerá o beneficiará a delincuentes que hayan cometido delitos de violación a los derechos humanos. Y si creen que hay algún vicio vayan a ejercer el control difuso o control concentrado y si este proyecto sirve para violentar derechos humanos yo me pongo a defenderlos con ellos, me pongo en esa vereda.

¿A quiénes beneficiaría ese proyecto de ley?

-A quienes aún enfrentan procesos judiciales sobre presunta violación a los derechos humanos antes del 2002.

comentarios en

  1. pobrecito este SR habla necedades como el burro toledista y hoy con otro calzon fujirata rospigliosi tremendo LAGARTO quiere quedar bien con su mama KKKKKKKKKKKKKKKKKK

  2. Señor Jorge Cáceres Arce la CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS CIDH si Puede y Debe intervenir por los Abusos y Desmanes del Congreso Peruano y la Presidencia del PERÚ se están COMETIENDO CRÍMENES A TODO EL PERÚ

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