LOS videojuegos TAMBIÉN SON PROTEGIDOS por el Derecho de Autor
Hoy en día, los videojuegos se han convertido en una industria muy lucrativa, dado que tienen mucha aceptación en nuestra sociedad. No solo cumplen un fin recreativo, sino que diferentes estudios demuestran que mejoran la coordinación entre las acciones visuales y motoras y algunos desarrollan habilidades cognitivas (resolución de problemas, pensamiento estratégico, planificación, toma de decisiones rápidas) permitiendo mejorar la agilidad mental y el pensamiento crítico.
Si usted está pensando en desarrollar un videojuego, en ese artículo le explicamos cuáles son sus derechos.
¿Los videojuegos son considerados “obras” a efectos del Derecho de Autor?
Sí, aun cuando nuestra legislación no ha previsto expresamente que los “videojuegos” o “juegos de vídeo” (derivado de la expresión inglesa video game) son un tipo especial de obras protegidas por el Derecho de Autor, los mismos están comprendidos dentro de la definición general de obra contenida en la ley.
¿Específicamente, qué componentes del videojuego quedan protegidos por el Derecho de Autor?
Quedan protegidos por el Derecho de Autor y, de ser el caso, por los derechos conexos, los siguientes componentes o elementos del videojuego:
- El código fuente.
- El código objeto (o ejecutable).
- La documentación técnica (por ejemplo, memoria descriptiva) y los manuales de uso o usuario, de existir.
- El nombre del juego y/o de los personajes, en la medida que sean suficientemente originales,
- Los propios personajes del videojuego.
Los elementos gráficos creados para el juego o incorporados al mismo, como elementos que puedan usar los personajes, medios de transporte, herramientas y armas, escenarios y criaturas, diseños gráficos, entre otros, en la medida que hayan sido creados especialmente para el videojuego y sean suficientemente originales.
La propia historia del videojuego, así como los diálogos contenidos en el mismo, en la medida que hayan sido creados especialmente para el videojuego y sean suficientemente originales.
La música de fondo o ambiental del videojuego, en la medida que haya sido creada especialmente para el videojuego y sea suficientemente original.
La obra audiovisual que pueda formar parte del videojuego o incluso la sucesión de imágenes en movimiento no original que sea parte del mismo.
Las fotografías que puedan haber sido utilizadas en el videojuego, tanto las originales como las meras fotografías.
Todo otro elemento literario o artístico que componga el videojuego y que sea calificado como original.
¿Quién es reconocido como autor de un videojuego?
Es reconocido como autor de un videojuego toda aquella persona que haya participado en su creación: autores de los textos, dibujantes, autores de música y letra, directores de las partes audiovisuales, animadores digitales, fotógrafos de ser el caso y programadores (también conocidos como desarrolladores).
¿Puede haber un solo autor de un videojuego o pueden ser varios los autores del mismo?
Es posible que exista un solo autor, si es que el videojuego fue desarrollado por una sola persona. En cambio, si el videojuego fue desarrollado por varias personas, entonces todas ellas deberán ser consideradas como coautores.
En la medida que muchos de los videojuegos que se crean actualmente, son desarrollados por un grupo de personas o equipo de programadores bajo la dirección o el encargo de un productor de videojuegos (como, por ejemplo, una empresa de desarrollo de videojuegos), y no siempre es posible identificar o separar las diferentes contribuciones de cada uno de los desarrolladores participantes, pues cada uno de sus aportes se funden en el producto final, es que la Ley considera al mismo como una obra colectiva.
¿Cuáles son los requisitos legales que debe cumplir un videojuego para que sea considerado como una obra protegida por el Derecho de Autor?
A fin de que un videojuego esté protegido como obra por el Derecho de Autor, debe cumplir con los siguientes requisitos:
Ser susceptible de ser divulgado, es decir, que pueda ser “leído” mediante la plataforma para el cual el videojuego haya sido creado.
Ser original (es decir, debe ser el resultado de un proceso creativo, pudiendo ser capaz de diferenciarse de cualquier otro videojuego (ya sea en su código fuente o en la parte audiovisual o gráfica con la cual el usuario interactúa) que haya sido creado con anterioridad.
Ser susceptible de ser reproducido (es decir, que se le pueda fijar en algún soporte y sea posible obtener copias del mismo.
Que, sea personal (es decir, que el desarrollo del videojuego haya estado a cargo de una o varias personas).
¿Qué tipo de derechos reconoce la ley a favor de los autores sobre los videojuegos que desarrollen?
Se le reconoce a los autores de videojuegos, dos tipos de derechos sobre sus obras: los derechos morales y los derechos patrimoniales.
¿Qué sucede con la titularidad de los derechos patrimoniales de los videojuegos cuando su creación ha sido por encargo?
La ley ha previsto que los derechos patrimoniales sobre los videojuegos creados bajo relación de trabajo (contrato de trabajo a tiempo definido o indefinido) o por encargo (mediante un contrato civil de locación de servicios o de obra), se rigen por lo que acuerden las partes, empleador y empleado o comitente y locador, en cada caso en particular.
Si ellos no hubieren pactado la titularidad de la obra, la ley presume que la cesión de los derechos patrimoniales sobre la obra colectiva será exclusivamente a favor del coordinador de la misma, en este caso, el productor del videojuego. Lo mismo aplica en caso se considere al videojuego como obra audiovisual o programa de ordenador.
¿Quién es el llamado productor de un videojuego?
El productor de un videojuego es la persona física o jurídica (nacional o extranjera) que tiene la iniciativa, la coordinación y la responsabilidad en la producción o desarrollo del videojuego en cuestión, así como en su divulgación o publicación bajo su dirección y nombre. Así, por ejemplo, podrá ser considerado como productor de un videojuego una empresa que reúne a un grupo de programadores (ya sea bajo la figura de un contrato de locación de servicios o contrato de trabajo a tiempo definido o indefinido), para que desarrollen un determinado videojuego bajo su dirección.
El productor de un videojuego tiene, entre otras, la facultad de realizar o autorizar que se realicen modificaciones, actualizaciones o versiones sucesivas u obras derivadas del videojuego en cuestión.
¿Cómo se identifica al productor de un videojuego y qué derechos posee sobre el mismo?
Se presume que el productor del videojuego es la persona natural o jurídica (nacional o extranjera) quien ha sido indicada como tal, de la manera acostumbrada en el propio videojuego (por ejemplo, en la interface o en los créditos correspondientes), así como en el empaque o caja del mismo.