Contraloría cuestiona transparencia en reasignación docente de Ugel Norte

Por Jorge Turpo R.

No registraron en libro de actas las inasistencias y abstenciones de los docentes. Decenas de docentes buscan la reasignación para volver a la ciudad donde tienen su familia, pero el proceso no se ejecutó de acuerdo a la norma vigente, según el informe del órgano de control.

PARTICIPARON 100 DOCENTES EN PROCESO

Un informe de control concurrente de la Contraloría General de la República del Perú ha puesto en entredicho la transparencia y legalidad del proceso de reasignación docente por interés personal y unidad familiar de 2025 en la Unidad de Gestión Educativa Local (Ugel) Arequipa Norte.

El informe, identificado con el número 003-2025-OCI/2892-SCC, se centra en la primera adjudicación de plazas de este proceso, que se desarrolló entre el 17 de julio y el 5 de agosto de 2025.

La principal observación de la Contraloría es que el comité a cargo del proceso no registró en el libro de actas las inasistencias y abstenciones de los docentes, lo que contraviene la normativa vigente.

El proceso de reasignación docente, regulado por la Resolución Viceministerial N.º 042-2022-MINEDU, permite a los profesores nombrados o designados desplazarse geográficamente a una plaza vacante y presupuestada, manteniendo su cargo, jornada de trabajo y escala magisterial.

Para postular a una reasignación por interés personal o unidad familiar, los docentes deben cumplir con requisitos como tener al menos tres años de nombramiento y dos años de servicio efectivo en su última plaza, además de presentar un informe escalafonario de no más de 60 días de antigüedad.

La postulación por unidad familiar requiere, además, acreditar el parentesco con documentos como actas de matrimonio, DNI de hijos, actas de nacimiento de los postulantes para padres mayores de 60 años o certificados de discapacidad.

El comité de reasignación para este proceso en la Ugel Arequipa Norte fue designado mediante Resolución Directoral N.º 04155 del 29 de mayo de 2025 y está compuesto por Giovanna Esther Arias Grimaldos como presidenta, Germán Emilio Tito Tito como secretario técnico, y Barrantes Humuth Olegario Melecio como miembro, además de un delegado de los docentes.

Este comité tenía la obligación de llevar un libro de actas para registrar las actividades y ocurrencias del proceso.

La comisión de control se apersonó al auditorio de la Ugel Arequipa Norte el 17 de julio, la primera fecha de adjudicación. En el acta de control, se formuló la pregunta sobre si se había dejado constancia en el libro de actas de la ausencia o negación de un docente para elegir una plaza, a lo que se respondió negativamente.

Posteriormente, el 31 de julio de 2025, la presidenta del comité de reasignación remitió a la Contraloría la data de plazas adjudicadas, inasistencias y abstenciones de la primera fecha.

Los datos revelaron que hubo 93 plazas adjudicadas, 26 inasistencias y 21 abstenciones.

Sin embargo, al revisar el libro de actas, la Contraloría constató que solo se habían registrado dos abstenciones, lo que constituye un incumplimiento de la norma que en su numeral 8.1.5, establece claramente que cuando un profesor no es adjudicado en la primera fase de la etapa regional por no estar presente o manifestar que no elige una plaza, se debe dejar constancia en el libro de actas para que sea considerado en la segunda fase, manteniendo su orden de mérito.

La Contraloría también notó que, si bien el Ministerio de Educación (Minedu) ha implementado el «Módulo de Gestión de Personal – Reasignación» en el sistema AYNI para facilitar la ejecución del proceso y la emisión de reportes en formato Excel, el uso de este sistema no exime al comité de la obligación de utilizar el libro de actas.

La Contraloría concluye que la falta de registro de las inasistencias y abstenciones en el libro de actas podría afectar la transparencia y legalidad del proceso de reasignación.

En consecuencia, recomendaron al titular de la Ugel Arequipa Norte adoptar las acciones preventivas y correctivas necesarias en un plazo de cinco días hábiles y adjuntar la documentación que sustente la respuesta.

Este hallazgo subraya la importancia de seguir estrictamente las normativas establecidas para garantizar la equidad y la transparencia en los procesos administrativos de personal.

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