PJ dicta 15 años de prisión para Bermejo por afiliación a organización terrorista

La Tercera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria dictó ayer viernes 15 años de prisión para el congresista Guillermo Bermejo por el delito de afiliación terrorista. Esta decisión judicial se da por sus vínculos con la organización Sendero Luminoso en el Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) entre los años 2008 y 2009.

FUE INHABILITADO PARA POSTULAR A CARGOS PÚBLICOS

Según la sentencia, el parlamentario también deberá pagar S/ 100 mil como reparación civil y S/ 7 800 días multa. Asimismo, dispuso su inhabilitación para postular a un cargo público por dos años posteriores al cumplimiento de la pena impuesta.

Ronald Atencio, abogado del legislador, criticó la decisión del Poder Judicial y aseguró que se condena a su cliente sin tener ninguna prueba nueva en el caso.

«Hemos visto por primera vez a un político que se somete a dos procesos, a dos sentencias, a dos absoluciones. Hoy, sin ninguna prueba nueva, ningún dato u hecho diferente, lamentablemente es condenado. Tenemos a personas que se valen del Tribunal Constitucional para obtener beneficios, que votan por leyes de impunidad cuando el congresista Bermejo nunca ha votado por una ley de impunidad», aseveró Atencio ante los medios de comunicación tras conocerse el fallo judicial.

EL CASO

La Fiscalía acusó de afiliación terrorista a Guillermo Bermejo por las reuniones que este tuvo con dirigentes de la facción de Sendero Luminoso entre 2008 y 2009 para difundir material ideológico subversivo en dicho periodo, así como realizar otras actividades relacionadas con los fines de dicha organización. 

El juez a cargo expresó en la lectura de sentencia que sí se llega a la conclusión que la imputación de afiliación se encuentra acreditada y probadas sus reuniones con sentenciados por terrorismo.

NO PODRÁ POSTULAR EL 2026

Bermejo tenía planeado participar de las elecciones primarias de la alianza Electoral Venceremos como precandidato a la presidencia de la República. Esta agrupación política está conformada por los partidos Nuevo Perú y Voces del Pueblo. 

Silvia Guevara, experta en derecho electoral, explicó para RPP que, de acuerdo a la ley, todo ciudadano que cuente con condena firme en primera instancia por delito doloso no podrá postular a un proceso electoral. 

“El artículo 34 A señala que están impedidas de postular a cargos de elección popular, las personas sobre las que se recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autores o cómplices por la comisión de delito doloso. Cualquier persona que tenga una sentencia emitida en primera instancia, a pesar de que todavía no es firme, está impedida de postular. Independientemente del tipo de delito, porque la Constitución no determina ni restringe el tipo específico, habla de un impedimento genérico y alcanza a cualquier tipo de delito doloso”, refirió.

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