Dictan detención judicial en flagrancia por siete días para chofer involucrado en accidente de Ocoña
Fiscalía pide 8 años de prisión.
Ayer se realizó la audiencia para evaluar el pedido de prisión contra Henry Rey Apaclla Ñaupari (35), conductor de la camioneta que chocó contra el bus de la empresa Llamosas y provocó la muerte de 37 pasajeros tras la caída del vehículo a un barranco en Ocoña. Aunque el dosaje etílico realizado seis horas después del accidente reveló que Apaclla Ñaupari presentaba 0.11 g/l de alcohol en sangre, un examen retrospectivo determinó que tenía 1.04 g/l, cuando el límite permitido es 0.50 g/l.
El Poder Judicial dictó detención judicial en flagrancia por siete días. La medida rige desde su detención, ocurrida el miércoles 12 de noviembre, y vence el 19 de noviembre. Apaclla Ñaupari afronta una investigación por homicidio culposo y lesiones culposas. De ser hallado responsable, podría recibir una condena de hasta ocho años y seis meses de prisión efectiva. Los elementos de convicción deberán recabarse dentro del plazo establecido.
Durante la audiencia, la abogada defensora Maryory Cueva Alama sostuvo que el Ministerio Público no presentó una hipótesis clara y que habría replicado el acta policial sin analizar el choque, el despiste ni la volcadura. Aunque la Fiscalía no detalló el delito, el Poder Judicial concluyó que el impacto ocurrió en el carril por el que circulaba el bus, por lo que el choque fue frontal y provocado por la camioneta conducida por Apaclla Ñaupari.
Cueva Alama sostuvo que su patrocinado tiene arraigo porque vive en Chiguata con su padre y hermano, y mantiene a sus dos hijos. Sin embargo, el Poder Judicial observó que el DNI del imputado registra domicilio en Socabaya. Aunque sus hijos también viven en Socabaya, figuran en otra dirección. Además, la madre del imputado reside en Jauja (Junín), por lo que no existiría arraigo domiciliario ni familiar.
El dosaje etílico tomado seis horas después del accidente arrojó 0.11 gramos de alcohol por litro de sangre, por debajo del límite permitido para conductores particulares (0.50 g/L). No obstante, los exámenes auxiliares y el dosaje retrospectivo indicaron que el nivel real sería de 1.04 gramos por litro. La defensa sostuvo que el primer certificado debería ser el válido.
En declaraciones a la PNP, Apaclla Ñaupari indicó que “pestañó” mientras conducía y descartó que el alcohol influyera en el choque. Durante la audiencia señaló que no recibió atención médica adecuada en el centro de salud de Ocoña y pidió libertad para atenderse en una clínica por un golpe en la cabeza. Añadió que se siente afectado por las consecuencias del accidente y colaborará con las investigaciones.
La fiscal adjunta provincial de Camaná, Sandra Pérez Infantas, solicitó ocho años de prisión preventiva. El imputado será investigado por homicidio culposo y lesiones culposas. Este pedido deberá sustentarse en una próxima sesión judicial en flagrancia. Desde la defensa del imputado anunciaron que apelarán.
INDEMINIZACIÓN
En paralelo, la Asociación Peruana de Empresas de Seguros informó que los familiares de los 37 fallecidos recibirán S/ 21 400 como indemnización, debido a que ambos vehículos contaban con SOAT vigente. El seguro también cubrirá gastos de sepelio por 1 UIT (S/ 5 350). Para los heridos, se cubrirán gastos médicos hasta por 5 UIT (S/ 26 750). Las personas con incapacidad temporal podrán recibir S/ 37 diarios y, en casos de invalidez permanente, hasta 4 UIT (S/ 21 400), según el grado de afectación. Los beneficiarios deben solicitar estas coberturas en un plazo máximo de dos años.
