Los JEE: imparcialidad y rigor

Por: Carlos Meneses

En momentos en que la ciudadanía exige elecciones limpias y autoridades con credibilidad, los JEE están llamados a actuar con firmeza y rigor técnico. Su desempeño será determinante para que el proceso electoral de 2026 avance sin sombras de parcialidad ni dudas sobre su legalidad. La democracia, al fin y al cabo, comienza con un arbitraje justo.

En plena etapa de calificación de las listas de candidatos para las elecciones generales de 2026, el papel de los Jurados Electorales Especiales (JEE) adquiere una relevancia decisiva. Estos órganos temporales, creados por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), son los responsables directos de garantizar que las reglas del juego democrático se cumplan desde el inicio del proceso electoral.

No se trata de una tarea menor. Los JEE no solo verifican que las fórmulas presidenciales y las listas de candidatos al Congreso y al Parlamento Andino cumplan los requisitos legales y formales, sino que además actúan como primera instancia de justicia electoral. Es decir, sus decisiones son las que marcan la pauta sobre quiénes podrán finalmente participar en los comicios, y bajo qué condiciones.

Entre sus funciones más importantes figura la resolución de tachas y exclusiones, procedimientos que, aunque técnicos, tienen una alta carga política y mediática. Una tacha puede dejar fuera a un candidato antes de que siquiera inicie su campaña, mientras que una exclusión puede modificar por completo el escenario electoral. Por eso, el trabajo de los JEE requiere imparcialidad, conocimiento normativo y, sobre todo, independencia frente a las presiones políticas que suelen intensificarse en esta etapa.

También es responsabilidad de los JEE velar por el cumplimiento estricto de las resoluciones y directivas del JNE, además de remitir los recursos de apelación para que este órgano supremo los resuelva en segunda instancia. En otras palabras, los JEE constituyen la primera línea de defensa del principio de legalidad electoral.

El JNE, mediante la Resolución N.º 162-2025-JNE, ha recordado estas funciones con el propósito de reforzar la transparencia y la confianza ciudadana en el proceso. No debe olvidarse que la legitimidad de unas elecciones no se construye únicamente el día del voto, sino desde la correcta aplicación de las normas en la inscripción de los candidatos.

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