Ahora la procuradurías podrá derribar edificios construidos en invasiones

La procuradora del GRA advirtió operativos de desalojo más grandes.

Redacción Diario El Pueblo

Recientemente se ha modificado la Ley N° 30230. Con ello, ahora los operativos de recuperación de terrenos invadidos liderados por las procuradurías podrán derribar casas e incluso edificios construidos ilegalmente en terrenos del Estado. En este contexto, la procuradora del Gobierno Regional de Arequipa, Amparo Begazo, advirtió que con maquinarias darán cumplimento a la norma. Los desalojos recurrentes comenzarán en marzo.

“Hace unos días se ha modificado el artículo 66 de la 30230. Antes sí encontrábamos un edificio, solo podíamos tapiar las entradas, ya que la norma solo nos permitía derribar construcciones precarias. Ahora es diferente, un edificio de 10 pisos se vendrá abajo si está en propiedad del Estado”, aseguró.

En ese sentido, Begazo Burga explicó que el GRA tiene competencias en terrenos eriazos y las municipalidades en urbanos. No obstante, la facultad de derribar construcciones de un piso o varios, según la Ley N° 30230, no cambia.

DETALLES DE LA LEY

“La existencia de instalaciones temporales informales o edificaciones permanentes en predios estatales, realizadas por invasiones u ocupantes ilegales, no impide la recuperación extrajudicial de dicho predio. El organismo público solicitante con el auxilio de la Policía Nacional del Perú se encuentra facultado para remover o demoler toda instalación que se encuentre en la misma diligencia de recuperación”, se lee.

Asimismo, la abogada recordó a la población en general que los bienes del Estado son imprescriptibles, eso significa que jamás serán de quienes pagaron un precio irrisorio; pueden pasar décadas e incluso haber un alto edificio allí, de cualquier manera el verdadero propietario puede proceder al desalojo sin juicio previo.

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