Confirman sentencia para sujetos acusados de trata de personas
Por: Dany La Torre
El Poder Judicial confirmó la sentencia condenatoria de 12 años para dos sujetos acusados por el delito de trata de personas en el distrito de Ático en la provincia de Caravelí. Estos habrían captado a una menor de 16 años de edad en el 2015, con fines de explotación sexual en la modalidad de fichaje.
La defensa técnica de los sentenciados apeló en cuanto a la pena y reparación civil impuesta desde abril del 2021. Sin embargo, el fiscal adjunto al superior de la Tercera Fiscalía Penal de Apelaciones de Arequipa, Julio César Tapia Cárdenas, logró que se confirme la sentencia de 12 años de prisión contra Wilder Gonzáles Ávalos y Milly Hayde Canchanya Salgado, al declararlos autores del delito de trata de personas en su forma agravada; al haber captado, recepcionado y acogido a una menor de 16 años de edad en el 2015, con fines de explotación sexual en la modalidad de fichaje.
El hecho ocurrió en enero del año 2015, cuando Gonzáles y Canchanya eran propietarios de los bares Motta y Titanic, aprovechándose de su situación, captaron a la adolescente a través de la agencia Ceres en el distrito de Ate en Lima, con el ofrecimiento de un trabajo en un restaurante turístico en Caravelí.
Al llegar al lugar la víctima evidenció la intención de sus captores; sin embargo, fue despojada de sus pertenencias y obligada a “trabajar” bajo amenazas por más de tres años. Los sentenciados promovían los denominados “pases”, lo que significaba tener relaciones sexuales con los clientes, saliendo a un hotel o en los cuartos de los bares.
La denuncia de la víctima fue interpuesta en Arequipa en octubre del 2017, luego que con engaños escapara del bar un mes antes.
La Sala Mixta Descentralizada e Itinerante de Camaná confirmó la sentencia y los inhabilitó para ejercer por cuenta propia o por medio de terceros la administración de bares y cantinas, donde se induzca a personal femenino a trabajar como damas de compañía, durante el periodo de 10 años y el pago de una reparación civil de forma solidaria de 4 mil soles a favor de la agraviada.