Juicios largos y lentos retraen también las inversiones privadas en el país
Por Erika Romero Díaz
En el 2018 sin presupuesto y trabajando en conjunto lograron implementar el Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral. Se trata de una nueva forma de administrar justicia con celeridad y garantizando un litigio bien llevado. Los magistrados Eloy Zamalloa Campero y Carlos Polanco Gutiérrez son los promotores de la oralidad en lo civil.
JUECES CIVILES PROMUEVEN LA ORALIDAD HACE 5 AÑOS
Los juicios largos y lentos retraen las inversiones privadas nacionales o extranjeras, afectando también la percepción que tiene la ciudadanía respecto del Poder Judicial. Eso lo saben en la Corte Superior de Justicia de Arequipa (CSJAR), por eso desde hace 5 años se ha implementado la oralidad en los procesos civiles que se ventilan en los juzgados. Este esfuerzo se ha logrado sin un presupuesto extra, mucho menos se ha necesitado de una normativa. Solo ha bastado la voluntad, la aplicación de los principios que rigen al Derecho Civil y las ganas de mejorar la administración de justicia de los jueces civiles en favor de los litigantes.
Los magistrados Eloy Zamalloa Campero y Carlos Polanco Gutiérrez explicaron que se trata de un protocolo creado en la CSJAR y que ahora es usado por las cortes de justicia a nivel nacional.
La forma diferente de llevar un juicio civil llamó la atención de la Oficina Desconcentrada del Control de la Magistratura (ODECMA) y preguntaron qué estaba sucediendo. Polanco, el creador del modelo de oralidad en lo civil, prefiere no ahondar en ese tema, sino en los buenos resultados que trae la aplicación de la oralidad en el proceso civil.
“Vienen de otras cortes de justicia del país a capacitarse a Arequipa y hacer pasantías para conocer mejor el modelo”, nos dice Zamalloa Campero que junto a Polanco Gutiérrez nos han recibido en la Primera Sala en lo Civil que, por cierto, mantiene la disposición del mobiliario propia de 1825.
NI CALCO NI COPIA
El expresidente de la CSJAR, Eloy Zamalloa Campero nos explica que lo que primaba en el proceso civil anterior era la escrituralidad, esa era una característica que convertía un proceso sencillo en largo y pesado.
Zamalloa nos da un ejemplo para que se entienda mucho mejor la diferencia entre el antiguo modelo y el actual.
“Un proceso de desalojo en el que la titularidad del bien no es cuestionada duraba 5 años hasta más y no debería demorar tanto, este es un proceso simple que no debería superar los 2 meses. Entonces al notar que se extendían los plazos innecesariamente algo había que hacer”, nos dijo.
Es ahí donde entra a tallar el trabajo del juez Carlos Polanco Gutiérrez que ha tomado los principios del Derecho Civil y ha creado un protocolo. El resultado es que ahora en los litigios civiles el juez de la causa conoce el caso, es mucho más activo.
Cualquiera podría creer que lo que se ha hecho es tomar el modelo del Nuevo Código Procesal Penal, que data del 2008 y se aplica en materia civil, pero no es así la oralidad en las controversias de esa índole están vigentes desde 1993, solo que se fue dejando de lado.
“Además la oralidad en el proceso penal tuvo recursos para su implementación, nosotros lo hemos logrado con la voluntad. Sobre este tema hay muchas anécdotas por ejemplo en Trujillo un juez se compró sus propios equipos de audio. Aquí con el apoyo del Dr. Zamalloa nos prestamos equipos de audio y salas de audiencia. El trabajo es de todos. La oralidad en el proceso civil no estaba muerta, andaba de parranda”, refiere el juez Carlos Polanco.
El objetivo de este protocolo que promueve la oralidad civil es transparentar la administración de justicia, tener procesos más céleres y jueces que busquen la solución a la controversia entre las partes en litigio.
“La oralidad tiene como ventaja que el debate se haga en audiencia, cada uno de los litigantes presenta sus argumentos, el juez está atento y resuelve al momento, ya no se necesita el papel porque todo queda registrado en el audio y los plazos se reducen”, señala Polanco Gutiérrez.
Por ejemplo, nos explica que en materia civil se tiene los procesos sumarísimos, de conocimiento y abreviados. El primero es uno que tiene por característica no ser tan complejo. Eso quiere decir que, con el nuevo modelo, desde que se admite la demanda transcurrirán entre 60 a 90 días hábiles para tener la sentencia de primera instancia y de ahí 3 meses más para tener una decisión de los jueces superiores. Con este nuevo protocolo han emitido un fallo de segunda instancia en 9 días.
Los otros dos procesos, conocimiento y abreviado, son un poco más complejos y pueden durar un año en cada etapa.
A Polanco le preguntamos si no sería mejor que la oralidad en lo civil tenga una partida de nacimiento, como una norma que no permita un retroceso o que tal vez algunos jueces no quieran aplicar el protocolo creado por él.
“Sería mejor, pero esta es una iniciativa de los jueces, a veces esperar por una norma toma mucho tiempo”, nos dice.
Asimismo, deja en claro que en el Perú hay 35 Cortes de Justicia de esas se han adherido al protocolo 30, las restantes no lo han hecho aún, no porque no estén interesadas en aplicar el modelo sino porque no tienen el personal o la logística o ambos.
Es que la oralidad civil supone tener equipos de audio y realizar una separación de labores administrativas y jurisdiccionales, así el juez se va a dedicar sólo a resolver expedientes, trazar la cancha en la que se desarrollará el juicio.
NÚMEROS QUE HABLAN
La administradora del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral (MCCLO), María Díaz Bernaola señala que con este nuevo protocolo se promueve la celeridad, economía procesal que garantizan la predictibilidad, concentración de actos procesales, promover conciliaciones y se reducen los tiempos en un 66% en procesos de conocimiento, 63% en los abreviados y hasta 71% en los sumarísimos.
“A los 5 años de su implementación, el Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral está integrado por 158 personas, distribuidos en 3 salas civiles, 10 juzgados especializados en lo civil de trámite y 2 juzgados civiles de ejecución”, señala la funcionaria.
En la actualidad las salas civiles tienen una carga de 1599 expedientes en trámite, en los juzgados civiles la cantidad de 5160 expedientes en trámite y 3561 en ejecución. Con la oralidad se ha logrado culminar 2208 procesos y enviado, aproximadamente, 7500 al archivo.
“Es falso eso de creer que los jueces son felices con procesos largos porque fíjese en la medida que va creciendo la litis se va complicando el trabajo”.